El abogado de la otrora autoridad edil, Jean Silva, dijo ante los magistrados del organismo electoral que su patrocinado no tiene una condena consentida y ejecutoriada. En tanto, Fernando Calderón recordó que tras sentencia por difamación, Fernández fue hasta la Corte Suprema y le negaron queja presentada.
El abogado de la otrora autoridad edil, Jean Silva, dijo ante los magistrados del organismo electoral que su patrocinado no tiene una condena consentida y ejecutoriada. En tanto, Fernando Calderón recordó que tras sentencia por difamación, Fernández fue hasta la Corte Suprema y le negaron queja presentada.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dejó al voto la solicitud de vacancia contra el suspendido alcalde de Arturo Fernández Bazán, tras una breve audiencia celebrada ayer. Durante la sesión, que apenas duró 15 minutos, los abogados de las partes involucradas expusieron sus argumentos ante el pleno del organismo electoral, aunque la decisión final aún no ha sido emitida. La audiencia comenzó con la intervención del presidente del JNE, Jorge Salas Arenas, quien, como había anticipado Diario Correo, se inhibió del proceso.

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Enfrentados

El primero en intervenir fue Fernando Calderón Burgos, abogado de la parte solicitante de la vacancia, quien expuso que existen motivos suficientes para que Fernández Bazán, electo como alcalde en octubre de 2022, ya no regrese al cargo. Calderón argumentó que el suspendido burgomaestre cuenta con una sentencia firme y consentida por un delito doloso con pena privativa de la libertad, lo que, según su interpretación, constituye una causal de vacancia bajo el inciso 6 del artículo 22 de la Ley Orgánica de Municipalidades.

“Se cumple con acreditar plenamente que la autoridad cuenta con una sentencia que ya no solo es inmutable, sino que está consentida y ejecutoriada”, sostuvo.

Sin embargo, el abogado defensor de Fernández Bazán, Jean Silva León, respondió y refutó los argumentos de Calderón. Silva insistió en que la resolución N° 60 de la Sala Penal de Apelaciones de Trujillo, emitida el 4 de noviembre, revocó la rehabilitación que había sido otorgada a su cliente, por lo que no existe una condena firme en su contra.

“Incurre en una falacia evidente al aseverar que mi patrocinado a la fecha cuenta con una condena consentida y ejecutoriada por delito doloso. Se tiene por no pronunciada la sentencia, a la fecha mi patrocinado no cuenta con una condena por delito doloso”, afirmó.

La sentencia en cuestión contra Fernández se emitió en junio de 2023. La oficial PNP Nataly Rojas Rojas le ganó un juicio por difamación.

Cuestiona

Durante la audiencia, el magistrado Willy Ramírez Chávarry fue el único miembro del JNE que intervino de manera directa. En un momento, cuestionó de forma clara: “¿El señor Arturo Fernández Bazán está condenado o no?”.

A esta interrogante, el abogado Fernando Calderón reafirmó su postura asegurando que Fernández Bazán fue condenado por un delito doloso y que la Corte Suprema había rechazado su recurso extraordinario de queja, lo que ratificaba la legalidad de la condena. En contraste, Silva León continuó insistiendo en que no existe una condena vigente contra su cliente, por lo que la solicitud de vacancia carecía de base legal.

Hasta el cierre de esta edición, el JNE aún no había emitido un pronunciamiento oficial sobre la solicitud de vacancia presentada contra Arturo Fernández Bazán, quien se mantiene en la clandestinidad desde agosto.

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