El Poder Judicial sentenció a tres años de cárcel suspendida al exalcalde de Lambayeque, Alexander Rodríguez Alvarado, por haber cometido el delito de colusión en agravio del Estado.
En juicio oral, la Fiscalía demostró que cuando Rodríguez Alvarado ejerció el cargo de alcalde del distrito de Mochumí, entre los años 2011 y 2012, favoreció al proveedor Ermitaño Espejo Rojas con contrataciones directas para la compra de materiales de construcción. En los hechos participó el exsubgerente de Logística de la Municipalidad Distrital de Mochumí (MDM), Juan Peche Damián.
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Según la Fiscalía, el exalcalde y su funcionario de confianza, evadieron realizar procesos de selección, tal como lo establece la Ley de Contrataciones del Estado, y, en lugar de ello, “fraccionaron indebidamente las adquisiciones en varias oportunidades, por montos que suman más de 50,000 soles”.
Esto, a pesar que ambos “tenían conocimiento que, previamente, se había aprobado un proceso de adjudicación de menor cuantía para la compra de cemento”.
Incluso, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural ya había elaborado el presupuesto referencial de requerimiento de materiales para las obras de la comuna.
Sin embargo, las compras se hicieron por montos inferiores a las 3 UIT (establecido como límite por la norma) a favor de Negocios e Inversiones H Espejo EIRL, de propiedad de Ermitaño Espejo Rojas, la cual fue creada cinco meses antes de iniciada la gestión del entonces alcalde Alexander Rodríguez.
Por estos hechos, el juez Carlos Larios Manay, del Décimo Juzgado Penal Unipersonal Anticorrupción de Lambayeque, también sentenció a 3 años de cárcel suspendida a Juan José Peche Damián. Asimismo, condenó a 2 años con 6 meses de cárcel suspendida al proveedor Hermitaño Espejo Rojas, en calidad de cómplice del delito de colusión simple.
El juez también impuso la pena de 3 años de inhabilitación para ejercer cargo público a Rodríguez y Peche, debiendo cumplir las siguientes reglas de conducta: no ausentarse del lugar donde reside sin autorización del Juzgado, comparecer de forma personal cada mes al Juzgado para justificar sus actividades.
Además, resarcir el daño ocasionado por el delito pagando a reparación, caso contrario convertirá la pena de suspendida a efectiva.
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