Gustavo Espinoza es acusado por falsa declaración jurada debido a que omitió una sentencia en su hoja de vida para las elecciones generales 2021; y a Juan Pablo Horna le atribuyen abuso de autoridad por no permitir que un abogado ingrese a la Gerencia Regional de Transportes.
Gustavo Espinoza es acusado por falsa declaración jurada debido a que omitió una sentencia en su hoja de vida para las elecciones generales 2021; y a Juan Pablo Horna le atribuyen abuso de autoridad por no permitir que un abogado ingrese a la Gerencia Regional de Transportes.

La Fiscalía solicitó pena de cárcel para los consejeros regionales, y Juan Pablo Horna Santa Cruz (Alianza Para el Progreso), por diferentes delitos que habrían cometido años atrás.

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El proceso contra ambos se encuentra en la etapa de juicio oral y coincidentemente ninguno se presentó a las respectivas audiencias en la Corte de Justicia de Lambayeque, por lo que, en su momento, fueron declarados reos contumaz e intervenidos por la Policía.

Falso

Según el expediente N° 286 – 2022, la Fiscalía pide 1 año de pena privativa de libertad para Gustavo Espinoza, porque habría cometido el delito de falsa declaración jurada en procedimiento administrativo.

Esto, debido a que al postular en las elecciones generales 2021 como candidato al Congreso de la República por el partido Unión Por el Perú omitió declarar una sentencia en su hoja de vida.

“El imputado consignó una sola sentencia por el delito de contaminación de aguas, con pena cumplida de 3 años de cárcel suspendida, emitida en el 2016 por el Módulo Básico de Motupe; sin embargo, también ha sido sentenciado a 01 año de pena privativa de libertad condicional, por el delito de encubrimiento, de fecha 19 de noviembre de 1986, emitida por la Sala Penal de Lima, actualmente en condición de rehabilitado”, consta en la acusación.

Además, el Jurado Electoral resaltó que la sentencia emitida por el Juzgado de Motupe fue de 4 años 3 meses de pena privativa de libertad condicional y aún figura como “no rehabilitado”, por lo que fue denunciado.

“No logro entender cómo es que consigné una sola sentencia, si en las elecciones del 2020 precisé las dos. A lo mejor por apresuramiento, por correr contra el tiempo. Y por no consignar la sentencia me descalificaron y me quedé con todo lo que había avanzado en la campaña”, declaró Espinoza Soto en la Fiscalía.

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Abuso

Para el consejero Juan Pablo Horna, la Fiscalía pide 8 meses de pena privativa de libertad por el delito de abuso de autoridad.

Los hechos que se le imputan ocurrieron el 03 de marzo de 2015 cuando ejercía el cargo de gerente de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones (GRTC).

Aquel día – según la acusación fiscal – impidió el ingreso del abogado Julio Armando Seminario Vite a la sede de dicha gerencia, ubicada en la avenida Juan Tomis Stack, carretera a Pimentel.

El agraviado denunció que cuando acudió a la GRTC, los vigilantes le prohibieron su ingreso por orden del gerente. Ante su insistencia le permitieron entrar, pero le advirtieron que no se deje ver por Horna Santa Cruz.

Luego, cuando se encontraba en la Oficina de Control Interno (OCI) indagando respecto a una queja contra un funcionario, se hizo presente el gerente, quien increpó a los servidores de OCI por permitirle ingresar.

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“Valiéndose de su condición de gerente, ordenó a los vigilantes que lo saquen de las oficinas de OCI y que no le vuelvan a permitir el ingreso”, consta en la acusación.

Al comparecer en la Fiscalía, el actual consejero regional reconoció que sí ordenó el retiro del abogado de las instalaciones de la GRTC; pero por la “conducta prepotente contra su persona”.

Precisó que el horario de atención en la GRTC es desde las 08:00 de la mañana, hasta las 4.00 de la tarde, pero aquel día el abogado llegó a las 04:10 p.m., por lo que se le impidió su ingreso y este reaccionó con insultos.

Del mismo modo, el vigilante John Dávila Díaz señaló que el abogado llegó después del horario de atención al público; sin embargo, un funcionario del área de liquidación de multas autorizó su ingreso.

“Horna Santa Cruz nos indicó que no debíamos permitir el ingreso del abogado cuando ya se encontrase fuera del horario de atención”, narró.