El Poder Ejecutivo oficializó hoy, mediante el Decreto Supremo N° 035-2025-PCM, el estado de emergencia en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao.

La medida, publicada en una edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, tendrá una vigencia de 30 días calendarios y busca reforzar el control del orden interno en ambas jurisdicciones.

De acuerdo con el decreto, la Policía Nacional del Perú será la encargada de mantener el orden, contando con el apoyo de las Fuerzas Armadas.

La institución policial determinará las zonas específicas donde se requiera la intervención militar. Esta decisión se enmarca en lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1186, que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía, y el Decreto Legislativo N° 1095, que establece las reglas para el empleo de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas.

El artículo 2 del decreto señala que, durante el estado de emergencia, se restringirán o suspenderán algunos derechos constitucionales, tal como lo permite el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú.

Entre los derechos afectados se encuentran la inviolabilidad de domicilio, la libertad de tránsito en el territorio nacional, la libertad de reunión y la libertad y seguridad personales, consagrados en los numerales 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Carta Magna.

El financiamiento de las acciones derivadas de esta medida será cubierto con el presupuesto institucional de los pliegos involucrados, así como con recursos adicionales autorizados por el Ministerio de Economía y Finanzas.

TE PUEDE INTERESAR

TAGS RELACIONADOS