Cinco días hábiles tienen los integrantes del Comité Electoral de la Universidad Nacional de Piura (UNP) para decidir si anulan el último proceso de Elección Complementaria de Rector del 2025 al 03 abril 2028 o declaran como absoluto ganador como rector a

Así lo informó el abogado de la agrupación “Dignidad Universitaria”, Óscar Durand, quien precisó que recién el 10 de febrero, el Juzgado Civil de Castilla, que preside la jueza Tania Victoria Castillo Domínguez, notificó por escrito al Comité Electoral de la UNP para que cumpla el mandato de amparo solicitada por José Ordinola, bajo apercibimiento por incumplimiento.

“Proceda el Comité Electoral demandado, dentro del plazo de cinco días hábiles, a emitir un pronunciamiento de manera motivada y razonada respecto a los cinco pedidos de nulidad y sus respectivos anexos, presentados los días 9, 10 y 11 de julio del 2025 por “Unepinos haciendo Historia Juntos”, sesionando conforme a ley y teniendo en cuenta lo expresado por ambas partes, valorando, además, si se presentan los supuestos legales previstos en las normas que invocan para declarar la nulidad total de las elecciones; esto es, si se ha comprobado el fraude, cohecho, soborno, intimidación o actos de violencia, que se puedan haber alegado en los pedidos de nulidad”, se lee en la resolución del juzgado.

Caso contrario, el Comité Electoral deberá continuar con el cronograma de las elecciones, respetándose los resultados obtenidos en la segunda vuelta del proceso electoral complementaria del Rector del 2025 al 03 de abril de 2028, llevado a cabo los días 8 y 9 de julio del 2025 y, cumpliendo con entregar la acreditación y la proclamación respectiva al ganador de las elecciones, conforme el cronograma electoral.

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“El plazo de los cinco días empieza a correr a partir del día de hoy (ayer), para que ellos puedan sesionar como corresponde, votar nuevamente, y emitir un pronunciamiento teniendo en cuenta los argumentos de ambas partes...Deben determinar si efectivamente hay o no causales para reafirmarse en la nulidad o en su defecto seguir con el cronograma que sería en este caso, ya proclamar al candidato ganador, que es el doctor Ordinola”, explicó Durand.

Agregó que dentro de ese plazo de los cinco días, el Comité Electoral debe sesionar como corresponde y notificar ambas partes. “Situación que no hicieron porque no convocaron a cuatro miembros del comité y la jueza ha ordenado de que se les notifiquen a todos correctamente, que sesionen como corresponde, que voten y que adviertan respecto a nuestros argumentos, si efectivamente había o no causales para que se declare la nulidad o no”.

Precisó que dos días adicionales tendrá el Comité Electoral para que esa decisión la remitan al Juzgado Civil de Castilla. “Ellos (el Comité Electoral) tiene solo dos opciones: o se ratifican en la nulidad de las elecciones o declaran ganador a Ordinola”.

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