La Contraloría advirtió que las partidas del deductivo vinculante y adicional de obra, que fueron aprobadas injustificadamente, así como partidas que contienen metrados en exceso, incrementaron el costo de ejecución de la obra innecesariamente; lo cual afectaría la eficiencia y eficacia de las contrataciones públicas
La Contraloría advirtió que las partidas del deductivo vinculante y adicional de obra, que fueron aprobadas injustificadamente, así como partidas que contienen metrados en exceso, incrementaron el costo de ejecución de la obra innecesariamente; lo cual afectaría la eficiencia y eficacia de las contrataciones públicas

La advirtió que en la obra de “Mejoramiento del servicio de recreación del parque Miguel Grau en el sector Monte Sullón del distrito de Catacaos”, se aprobaron partidas adicionales que no se encontraban en el expediente técnico, lo que originó incremento de costos. La obra está valorizada en S/ 1′034,877.71.

Según el informe de control concurrente N° 020-2024-OCI/2408-SCC, la comisión de auditoría advirtió partidas del deductivo vinculante y adicional de obra, que fueron aprobadas injustificadamente, así como partidas que contienen metrados en exceso, lo cual incrementó el costo de ejecución de obra innecesariamente; lo cual afectaría la eficiencia y eficacia de las contrataciones públicas.

La buena pro fue otorgada al Consorcio Monte Sullón, cuyo contrato se firmó el 25 de enero del 2024, con un plazo de ejecución de 75 días calendario, bajo el sistema de contratación a suma alzada.

La supervisión está a cargo de Richard Rolando Morales Rueda. El 1 de febrero la comuna de Catacaos entregó el terreno para la ejecución de la obra. Los auditores detectaron que durante la ejecución de la obra, el residente de obra realizó consultas en el cuaderno de obra digital, con respecto a la necesidad de realizar un adicional de obra y deductivo vinculante con respecto al movimientos de tierras, sardineles peraltados en jardinería, obras de concreto armado, monumentos, escalera, astas y dados de concreto, arquitectura, pintura, entre otros.


Mediante resolución gerencial municipal N° 119-2024-MDC-GM de 28 de febrero del 2024 se aprueba el adicional  deductivo vinculante N° 01 por el monto neto de S/ 124 436.62, cuya incidencia representa el 14.46% respecto al monto contractual. “Como se observa, en el expediente técnico del adicional y deductivo vinculante N° 1 de obra se ha considerado la deducción de partidas del expediente técnico primigenio, reemplazadas por partidas nuevas”, indica el informe.

La comisión recalca que la obra es a suma alzada y por lo tanto, según el artículo 35 del Sistema de Contratación, la normativa, las partidas deducidas y adicionadas por otras nuevas, no cumplen con las condiciones y requisitos que se estipulan.”...el deductivo vinculante y adicional con respecto a la partida de encofrado y desencofrado no se circunscribe a una deficiencia en el expediente técnico, ya que dicha modificación fue innecesaria, lo que originó un incremento en el costo de los precios unitarios de S/37.42, S/ 44.12 y S/ 57.94 (enfocado y desencofrado en sardineles, muros de contención y astas respectivamente) cuyo cálculo del presupuesto respecto a las partidas deducidas y adicionales mostradas, se incrementó a nivel de costo de S/46 032,62 a S/ 90 793,25″, indica  el informe de Contraloría.

La comisión precisa que los cambios en las partidas descritas en el informe de Contraloría, ocasionó un incremento injustificado del presupuesto de obra de más de 59 mil soles.

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