La Contraloría General de la República detectó deficiencias técnicas en la obra de renovación de la glorieta de la Plaza de Armas del distrito de Catacaos, Piura, entre las que destacan la falta de drenaje pluvial e impermeabilización en la losa del techo, además de observaciones no subsanadas en las cumbreras. Esto generaría el riesgo de filtraciones y acumulación de agua que compromete la funcionalidad y vida útil de la estructura. La obra está valorizada en más de S/ 559 590.
EL INFORME. Estas situaciones adversas fueron identificadas en el informe de control concurrente Nº 009-2026-OCI/2408-SCC.
En la inspección realizada, la comisión de control constató que la observación de la falta del acabado en el techo, alineamiento de tejas y cumbreras, continuaba sin una correcta solución técnica, revelando deficiencias físicas, constructivas e informales en la cobertura de la glorieta.
En dicha zona identificaron un inminente riesgo de desprendimiento de tejas al evidenciarse fisicamente una teja de arcilla en una de las cumbreras a punto de caer al vacío, lo que representa un peligro directo para la seguridad de los transeúntes.
Asimismo, detectaron la incompatibilidad y mezcla de materiales en el techado, debido a la coexistencia de planchas de fibrocemento (teja andina) en los faldones con tejas de arcilla en las ocho cumbreras de la cobertura, lo cual contraviene los planos y las especificaciones técnicas de la partida.
A esta situación se sumó el uso de mampostería de relleno, consistente en un murete de ladrillo colocado para sellar el espacio vacío remanente entre las planchas de fibrocemento de la cobertura y la losa de concreto estructural, sin considerar un sistema de drenaje pluvial que evacúe el agua desde los ocho espacios generados a nivel de techo hacia el nivel de piso.
El informe indica, además, que el riesgo de filtración y estancamiento de agua de lluvia en los ocho espacios generados por la construcción no autorizada de las vigas invertidas V-201 y los muretes de ladrillo, sin un sistema de drenaje, se ve incrementado. Esto se debe a que, mediante la Resolución N.º 085-2025-MDC-GM del 3 de febrero de 2025, se aprobó la reducción de las partidas “Techo pulido e impermeabilizado”, sustentándose en que su ejecución no era necesaria porque estaría protegida por la sobrecubierta de teja andina.
En tanto, la decisión de reducir la impermeabilización se sustentó, según indican, en la capacidad protectora de la sobrecubierta. Esta premisa se relaciona con el actual estado de los empalmes y cumbreras, ya que, si el agua atraviesa dichos puntos, la losa inferior no cuenta con las prestaciones de impermeabilización previstas.
Además, el tratamiento administrativo de la recepción, el levantamiento de observaciones y la reducción de la impermeabilización se desarrolló sin integrar, en un análisis unificado, 4 condiciones vinculadas: la posibilidad de filtración de agua de lluvia por los empalmes, la permanencia de tejas de arcilla en las cumbreras, el sellado de las salidas de agua mediante el murete y la inexistencia de un sistema interior de drenaje.





