Multas por falta de pagos.
Multas por falta de pagos.

Los conductores que mantienen multas de tránsito y transporte tienen una nueva oportunidad para regularizar su situación. El Servicio de Administración Tributaria de Piura (SAT Piura) informó que ya se encuentra habilitada la reducción excepcional de hasta 90 % del monto de determinadas multas, beneficio establecido por el Gobierno mediante el Decreto Supremo N.° 017-2026-MTC.

El gerente general del SAT Piura, economista Manuel Reyna Chávez, destacó que esta medida brinda una importante oportunidad a los conductores para ponerse al día con sus obligaciones y acceder a una reducción significativa del monto de sus sanciones.

“Invocamos a los conductores que mantienen multas por pagar a revisar su situación y aprovechar este beneficio excepcional. Es una oportunidad para regularizar sus obligaciones pagando un monto considerablemente menor y evitar que sus deudas continúen generando procedimientos de cobranza”, señaló Reyna Chávez.

El funcionario precisó que el beneficio tiene carácter temporal. En el caso de las multas de tránsito, la reducción podrá aplicarse durante un plazo de 90 días, mientras que para las multas de transporte el periodo de vigencia es de 180 días.

Para acogerse al beneficio, el administrado deberá cancelar el monto de la multa aplicando la reducción correspondiente. Una vez efectuado el pago, la entidad competente dispondrá la conclusión y archivo del procedimiento administrativo sancionador o de ejecución coactiva, incluyendo, cuando corresponda, las costas y gastos derivados del procedimiento de cobranza.

Asimismo, las multas canceladas bajo este régimen excepcional no generarán acumulación de puntos en la licencia de conducir ni serán consideradas para determinar reincidencia o habitualidad.

En el caso de las multas que se encuentren en ejecución coactiva y hayan registrado pagos parciales, la reducción se aplicará sobre el saldo pendiente. Si existe un recurso administrativo contra la resolución de sanción, el administrado deberá presentar el desistimiento correspondiente mediante el formato que será proporcionado en el SAT Piura.

INFRACCIONES EXCLUIDAS

El beneficio excepcional no comprende las infracciones identificadas con los códigos M1, M2, M4, M20C, M27, M28, M37, M38 y M39.

Los interesados pueden realizar sus consultas y pagos en el SAT Piura, con ingreso por calle Cusco N.° 1051; en la Caja SATP de la Municipalidad Provincial de Piura; y en el MAC Real Plaza Piura.

El SAT Piura recomendó a los conductores verificar si sus multas se encuentran comprendidas dentro del régimen excepcional y aprovechar el beneficio antes de que culmine el plazo de vigencia.