La gestión edil podría terminar sin resolverse el caso. Foto/Difusión.
La gestión edil podría terminar sin resolverse el caso. Foto/Difusión.

A casi cuatro meses de culminar la gestión del alcalde de Lampa, Ciriaco Díaz, las denuncias de corrupción en su contra están estancadas.  Hace siete meses se denunció anomalías en la ejecución del camino vecinal, a Choroma, Chingani, Chilahuito, Paratía, Tusini Chico y Tusini Grande, en la provincia de Lampa, y aún no hay avances en las investigaciones. Ante esta situación, el Concejo Municipal pide celeridad en el proceso.

TE PUEDE INTERESAR: Lampa: Fiscalía investiga a gerente municipal por presunto peculado

La denuncia fue presentada el 04 de enero por los regidores Ramón Torres Humpiri, Lidia Cruz Quispe, Wilber Payé Mamani, Ernaldo Burgos Huacasi y César Quiza Condori. El caso se encuentra en etapa de investigación preliminar en la Fiscalía Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Puno.

Los imputados son el alcalde, Ciriaco Díaz Aréstegui y los funcionarios Walther  Pacori Mamani, Carlos Barreda Ojeda, Benigno Pari Mamani, Edwin Borda Huanca, Efraín Sandro Belón Jara, Alexander Arizapana Paredes y Hugo Reynaldo Choque Mamani.

Se les acusa de los delitos de colusión simple y agravada, negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo en agravio de la Municipalidad Provincial de Lampa. El 03 de agosto fueron citados por la fiscalía y al día siguiente debieron acudir los denunciantes.

LEA TAMBIÉN: Puno: Gobernador Regional sigue en su laberinto y defiende designación de funcionarios

El delito

El Consorcio Vial Lampa y del Consorcio Supervisor Lampa, generaron un perjuicio económico mayor a los 3 millones 900 mil soles, por no utilizar el material adecuado, ni cumplir con los estándares de calidad establecidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

El regidor Ramón Torres, responsabiliza al exgerente del Instituto Vial Provincial de Lampa (IVP), Alexander Arizapana, de generar más perjuicios por no responder a la resolución del contrato que solicitó la ejecutora, lo que dio lugar a la nulidad del proceso.