El Minedu ha publicado la RM 052-2026 para recibir sugerencias sobre un proyecto de reglamento de la Ley 32385 sobre uso en la educación básica de celulares y dispositivos electrónicos similares (DES). Tiene 8 capítulos, 17 artículos y 2 disposiciones complementarias.

Considerando que los directores de las instituciones educativas (IE) son profesionales con experiencia y que se debe respetar la autonomía y diversidad de los colegios, propongo el siguiente reglamento.

i) Las IE incluyen en su reglamento un capítulo sobre uso de celulares y dispositivos electrónicos similares (DES); ii) En las IE está prohibido el uso de celulares y DES por parte de los estudiantes; iii) Los celulares y DES que lleven los alumnos a la IE deben ser guardados en lugares que el plantel disponga; iv) Los celulares y DES pueden ser utilizados por los estudiantes ante situaciones de emergencia con la autorización del tutor y/o del director; v) Los estudiantes pueden utilizar celulares y DES en actividades educativas, cuando se requieran en la “mediación pedagógica” del maestro en determinadas clases, para lograr los aprendizajes previstos de las áreas curriculares; vi) En el marco de una enseñanza-aprendizaje para atender la diversidad (Necesidades Educativas Especiales) con criterio inclusivo, el director puede autorizar el uso de celulares y DES a estudiantes que lo requieran; vii) Los docentes y personal de la institución educativa pueden utilizar sus celulares y DES en casos necesarios en lugares  estrictamente privados; viii) cualquier situación no contemplada respecto al uso de celulares y DES será resuelta por el director; ix) El colegio dispondrá las sanciones a los alumnos que usen indebidamente celulares y DES.