El Ejecutivo decretó este domingo, el estado de emergencia en las regiones de Madre de Dios, Cusco, Puno, Apurímac, Arequipa, Moquegua y Tacna, a causa de las manifestaciones que se registran en el país desde el pasado 7 de diciembre.
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Según el decreto supremo publicado en el diario oficial El Peruano, el estado de emergencia tendrá un periodo de 60 días calendario en las 7 regiones mencionadas. Durante ese tiempo la Policía Nacional del Perú (PNP) “mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas” (FF.AA.) y tendrá como objetivo la “protección de los Activos Críticos Nacionales”.
Además, quedan suspendidos los derechos relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales establecidos en la Constitución Política del Perú.
El estado de emergencia tiene especificaciones en Puno. “El control del orden interno se encuentra a cargo de las FF.AA., incorporando a la PNP (...) en la zona declarada en Estado de Emergencia”, precisa la normativa. También se regirá la inmovilización social obligatoria “de todas las personas en sus domicilios” por 10 días calendario, desde las 8 pm. hasta las 4 am.
Se especifica además que, durante la inmovilización social obligatoria, las personas podrán circular para la “adquisición, producción y abastecimiento de alimentos”, así como el personal de salud y otros que sean esenciales para la continuidad de las actividades económicas y servicios de agua, saneamiento, agricultura, vigilancia y seguridad, servicios financieros, etc. En Puno, el Comando Conjunto de las FF.AA. asumirá “el Comando Unificado de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional”.
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