La Municipalidad Provincial de Arequipa o Cofopri realizará proceso. (Foto: GEC)
La Municipalidad Provincial de Arequipa o Cofopri realizará proceso. (Foto: GEC)

Las personas que ocuparon los terrenos eriazos del Estado hasta antes del 31 de diciembre del 2021, podrán formalizar sus predios y tramitar el título de propiedad a través de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri) o la Municipalidad Provincial de Arequipa (MPA). El 7 de noviembre último, el Congreso de la República aprobó el proyecto de ley 7121, el cual promueve la formalización de los terrenos urbanos que fueron ocupados de manera pacífica por necesidad de vivienda. Sin embargo, aún falta la promulgación y el reglamento de la ley para que entre en vigencia.

Según la ley N°31056, publicada en octubre del año 2020, pueden solicitar la titulación, cuyas personas acrediten la posesión u ocupación hasta antes del 31 de diciembre del 2015. Pero con esta nueva ampliación de plazos, podrán titular los predios ocupados entre enero del 2016 hasta el 31 de diciembre del 2021.

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En opinión del subgerente de Recursos Humanos de la Municipalidad Provincial de Arequipa, Harry Gómez, para el caso de Arequipa, esta modificación debió darse recién en los siguientes años, para dar tiempo al Instituto Municipal de Planeamiento (IMPLA) de planificar mejor el suelo arequipeño, considerando que el Plan de Desarrollo Metropolitano (PDM) cumple su vigencia el 2025 y se elabora otro.

Pese a la vigencia de esta herramienta de planificación, se desconoce el número de urbanizaciones creadas entre el 2016 y 2021 en la provincia de Arequipa, en su mayoría se ubican en el Cono Norte y Sur de la ciudad. En ese mismo sentido, no hay un estudio que evidencie el número de personas que se beneficiarían con esta ampliación de plazo para la titulación.

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Aunque este tipo de normas podrían promover la invasión de los terrenos eriazos, los cuales son administrados y defendidos por el Gobierno Regional de Arequipa (GRA), la procuradora Amparo Begazo, manifestó que solo se debe cumplir la norma y en ese sentido, mientras la nueva norma no sea publicada y regulada, su área continuará en la protección de los predios del Estado, a pedido del área de Acondicionamiento Territorial.

Según la jefa de esta Oficina de Acondicionamiento Territorial del GRA, Luz María Torres Tejada, en lo que va del año 2024, en la región se han evaluado 33 informes técnicos de titularidad para determinar las acciones que correspondan, en un caso extremo, los desalojos. Algunos de estos expedientes son de asociaciones, de una sola propiedad u ocupaciones en terrenos más grandes.


Requisitos para acceder

En caso de asociaciones posesionadas por muchos años y que pueden acogerse a la reciente ley, deben seguir todo un proceso para la formalización. Harry Gómez recordó que primero se debe empezar con la formalización de los asentamientos humanos o pueblos jóvenes ante el municipio de Arequipa o Indecopi, previo cumplimiento de requisitos como la presentación de planos, no estar en una zona de riesgo y de existir algunos puntos vulnerables, se deben ejecutar planes de mitigación.

Posterior a ello, se hace la individualización de cada lote y los posesionarios pueden tramitar la titulación de manera individual o masiva. Uno de los principales requisitos es acreditar la antigüedad de la posesión, la cual tuvo que ser de manera pacífica y continua. Para ello, se requieren documentos como: Recibos de luz, agua, el recibo del pago del impuesto predial, constancia de posesión u otros que permitan verificar que la familia ocupó el lote.


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