Estos traslados sí podrán realizarse el domingo 4; sin embargo, el uso de vehículos particulares quedará prohibido durante los cuatro días de Semana Santa. (Foto: Leandro Britto / GEC)
Estos traslados sí podrán realizarse el domingo 4; sin embargo, el uso de vehículos particulares quedará prohibido durante los cuatro días de Semana Santa. (Foto: Leandro Britto / GEC)

Entre el 1 y el 3 de abril quedará suspendido el servicio de transporte interprovincial de personas por vía terrestre y aérea en todas las regiones del país. Esta medida forma parte de las en el marco de la Semana Santa, que se celebra esta semana.

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El que esta suspensión será levantada el domingo 4 de abril, fecha en la que sí se podrán hacer estos traslados. Sin embargo, el uso de vehículos particulares quedará prohibido durante los cuatro días de Semana Santa, por lo que los autos privados recién se podrán usar el lunes 5 de abril.

Además, el transporte público urbano y los taxis autorizados, podrán circular para trasladar a trabajadores de servicios esenciales, actividades económicas permitidas y para el desplazamiento de personas que requieran de atención médica urgente.

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Viajes aéreos continuarán

El transporte aéreo internacional continuará sus operaciones sin mayores restricciones. Para ello, los pasajeros de los vuelos internacionales deberán seguir cumpliendo con las medidas de prevención del COVID-19, tales como el uso de mascarilla y protector facial durante el viaje, así como la prueba molecular con resultado negativo para el ingreso al país.

Ante estas disposiciones, se solicita a la población tomar las medidas correspondientes para evitar aglomeraciones en los terminales terrestres y aéreos. Se recomienda que solo acudan a los terminales los pasajeros y se evite asistir acompañado de familiares. Además, en todo momento, los pasajeros y la tripulación deben utilizar mascarillas y protectores faciales”, ha informado el MTC.

¿Cuáles son las actividades permitidas?

El Gobierno ha dispuesto una cuarentena estricta en todo el país, a fin de prevenir nuevos casos de COVID-19. A continuación revise las restricciones principales para estos cuatro días:

  • Mercados y tiendas de abastecimiento de productos básicos, la atención será de 4:00 a.m. a 6:00 p.m.
  • Delivery de farmacias y boticas (24 horas).
  • Delivery de restaurantes de 4:00 a.m. a 11:00 p.m.
  • Atención de emergencia en establecimientos de salud (24 horas).
  • Personal de prensa y medios de comunicación (24 horas).
  • Servicio de seguridad ciudadana.
  • Actividades vinculadas a la distribución de materiales educativos, realizadas por directivos, docentes, auxiliares, personal administrativo y contratistas.
  • El proceso de vacunación contra la COVID-19 se continuará realizando en el referido periodo.

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