El Consejo Técnico Penitenciario del Establecimiento Penitenciario de Ancón II desestimó el pedido planteado por la defensa del líder etnocacerista.
El Consejo Técnico Penitenciario del Establecimiento Penitenciario de Ancón II desestimó el pedido planteado por la defensa del líder etnocacerista.

El Consejo Técnico Penitenciario del Establecimiento Penitenciario de Ancón II decidió no otorgar la libertad por redención de la pena por trabajo y educación al mayor EP en retiro .

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Así lo informó el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) a través de su cuenta en Twitter, en respuesta a una solicitud de la defensa del líder etnocacerista presentado el 29 de noviembre del 2021.

En sus alegatos, el exmilitar alegaba que si se suman las horas de trabajo y de estudios en prisión, se le debería reducir en dos años y seis meses la condena. Es decir, para ellos la sentencia ya está cumplida.

En abril pasado el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos informó que un pedido de indulto común a favor de Antauro Humala fue revisado y archivado en febrero de este año porque los delitos por los que fue sentenciado no permiten este tipo de beneficios.

A través de un comunicado, el Poder Ejecutivo detalló que recibió el pedido de esta gracia presidencial el 26 de agosto del 2021, y que este fue evaluado el 7 de febrero.

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En la sesión ordinaria de esta fecha, la Comisión de Gracias Presidenciales determinó que era improcedente el pedido de indulto a favor de Humala Tasso porque no cumplía con los supuestos de la norma del Decreto Supremo 004-2020-JUS.

En el 2009, Antauro Humala fue sentenciado a 25 años de reclusión por homicidio, secuestro y rebelión. En el 2011, su pena se redujo a 19 años, tras una revisión del caso por parte de la Corte Suprema.

Humala Tasso fue sentenciado por la toma de una comisaría en la ciudad de Andahuaylas el 1 de enero del 2005. En los enfrentamientos posteriores murieron cuatro policías y dos etnocaceristas.

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