(Foto: GEC / Alessandro Currarino)
(Foto: GEC / Alessandro Currarino)

La Comisión Permanente del Congreso aprobó, por mayoría, el informe final correspondiente a las denuncias constitucionales 547 y 575 contra Willy Huerta Oliva, por presuntas infracciones a varios artículos de la Constitución. La resolución contempla su inhabilitación para ejercer funciones públicas durante diez años.

La medida fue respaldada por 14 votos a favor y 6 en contra. La inhabilitación se basa en las acciones atribuidas a Huerta durante el golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022, periodo en el que ejercía como ministro del Interior en el gobierno de Pedro Castillo.

Huerta se conectó a la sesión de manera virtual mediante la plataforma Teams, aunque decidió no ejercer su derecho a defensa. El titular del Congreso, Fernando Rospigliosi, recordó que la convocatoria ya había sido reprogramada por única vez a solicitud del propio denunciado. Ante su silencio, la Comisión continuó con la exposición, el debate y la posterior votación del informe final.

Lady Camones, presidenta de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, tuvo a su cargo la sustentación del informe, en el que se describen las actuaciones de Huerta tanto en los días previos como durante el intento de golpe del 7 de diciembre.

El informe precisa que Huerta visitó el Despacho Presidencial el 1, 3, 4, 5 y 6 de diciembre de 2022. El 7 de diciembre, día del golpe, ingresó a Palacio antes del mensaje a la nación y permaneció allí después de su emisión.

Desde dicho lugar, Huerta habría facilitado las comunicaciones entre el expresidente y el entonces comandante general de la Policía Nacional, Raúl Alfaro, con el fin de coordinar el cierre del Congreso y la intervención del Ministerio Público.

Del mismo modo, se le atribuye haber dado órdenes para reforzar la protección en las casas de los padres de Pedro Castillo y en las residencias de Betssy Chávez y Aníbal Torres. Luego, ese mismo día, Huerta formalizó su renuncia a las 13:31 horas.

El informe aprobado sostiene que el exministro no defendió el orden constitucional; por el contrario, contribuyó a la ejecución de acciones que vulneraron la Carta Magna. Se aclara que no es una acusación penal, sino una sanción de carácter político, amparada en el artículo 100 de la Constitución, que permite al Congreso inhabilitar hasta por diez años a los altos funcionarios que incurran en infracción constitucional.

Dicho informe indica que se vulneraron artículos referidos con la defensa del Estado de Derecho, la función pública, la jerarquía normativa y la estructura del Poder Judicial. Ante la magnitud de estas infracciones, se optó por imponer la máxima sanción prevista.

TE PUEDE INTERESAR