(Foto: Congreso)
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El predictamen de la Comisión de Constitución sobre la modificación de la segunda legislatura plantea que se inicie el 15 de febrero y concluya el 15 de junio de este año. Dicha propuesta coincide con lo planteado por la Mesa Directiva que dirige José Williams Zapata (Avanza País) Pero, ¿cuáles son sus argumentos?

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Cabe destacar que en el Parlamento existen dos periodos ordinarios de sesiones o legislaturas. La primera inicia el 27 de julio y concluye el 15 de diciembre. En este caso, el año pasado se amplió la legislatura hasta el 31 de enero, para que se discuta y apruebe la reforma constitucional de adelanto de elecciones generales, que fue respaldada por el pleno el 20 de diciembre del 2022.

Luego de ello, diversos parlamentarios consideraron que la segunda legislatura inicie 1 de enero y otros el 15 de febrero. Normalmente empieza el 1 de marzo y concluye el 15 de junio, según indica el Reglamento del Congreso.

ARGUMENTOS.

Según los argumentos de la Comisión de Constitución, la crisis política requiere que se realicen diversas reformas constitucionales mínimas que permitan una mejor convivencia entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo a fin de “se eviten situaciones que puedan agudizar la crisis” que se ha vivido durante los últimos años.

“La modificación propuesta al Reglamento del Congreso de la República no supone ni implica un desdoblamiento de ninguna de las legislaturas ordinarias previstas reglamentariamente, sino una modificación que únicamente incide en un adelanto (razonable y, como se dijo, justificado por la coyuntura social) del inicio de la segunda legislatura”, se alega.

En esa línea, se precisa que la propuesta difiere de lo analizado por el Tribunal Constitucional, en una sentencia del 11 de noviembre de 2021, sobre la pretensión  del desdoblamiento de una tercera legislatura y crear una cuarta, de reducida duración y sin una pausa temporal entre ambas legislaturas.

“En dicha sentencia, el Tribunal Constitucional señaló que la razón de la dación de la Resolución Legislativa 021-2020-2021-CR, que aprobaba una cuarta legislatura, era únicamente habilitar la posibilidad de aprobar reformas parciales de la Constitución, que requieren el voto de dos legislaturas sucesivas; no obstante, en el presente caso no se trata de desdoblamiento o creación de legislaturas adicionales, por lo que no opera dicho supuesto, pues tan solo se modifica el inicio de la segunda legislatura”, se explica.

Asimismo, se indica que, a mayor abundamiento, la finalidad de la modificación propuesta está justificada y es necesaria de cara a la coyuntura social actual vigente, tratándose de una decisión plenamente acorde a los fines constitucionales.

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“La votación del proyecto de ley de reforma constitucional para adelanto de elecciones generales se encuentra pendiente de segunda votación, y que esta no podría realizarse hasta el 1 de marzo de 2023, por lo que se estima constitucionalmente válido y necesario aprobar la propuesta normativa de modificación del Reglamento del Congreso, pues ello contribuirá con amenguar la inestabilidad política que afronta el país, valor constitucional trascendente para un Estado Constitucional y Social de Derecho”, se detalla.

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