El Congreso de la República le pidió al Tribunal Constitucional anular la votación de la demanda competencial presentada contra el Poder Judicial respecto a la Junta Nacional de Justicia.

Mediante un escrito, Manuel Peña Tavera, procurador del Parlamento, justificó dicha petición argumentando que la votación se realizó sin contar con el quorum señalado en el artículo 5 de la Ley 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

Asimismo, recordó que el magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse realizó la denuncia de una serie de irregularidades en torno al acto de votación de la ponencia presentada en esta causa e indicó que la votación es inválida pues no contó con el quórum necesario.

Esta situación, de manera evidente, repercute sobre el acto de votación, y el procedimiento mismo de la sesión realizada el 18 de octubre último, en el que se discutió la ponencia presentada respecto al fallo a emitirse en torno a la presente controversia; y ello amerita que su digna Presidencia disponga se subsane el vicio identificado, de conformidad a lo establecido en el artículo 119 del Nuevo Código Procesal Constitucional, y en consecuencia, se disponga la nulidad del acto de votación realizado, en el que sólo participaron, y emitieron su voto, cuatro magistrados del Tribunal Constitucional, incumpliéndose así con el quorum requerido para otorgar validez a dicho acto”, manifestó.

En ese sentido, precisó que antes de comenzar el acto de votación de la causa en un proceso competencial, así se haya instalado válidamente la sesión de la sala plena del TC, es indispensable que presidencia verifique la presencia del quórum legal.

Según el procurador del Congreso, a la fecha no existe un acuerdo o decisión válidamente emitida en torno al sentido del fallo o decisión emitido por el Tribunal Constitucional sobre la declaratoria de fundabilidad o no de la demanda competencial.

Por todo lo expuesto, corresponde poner en conocimiento del digno Tribunal Constitucional que usted preside lo reseñado en párrafos precedentes, a fin de que, se disponga la emisión de la resolución que corresponda, y se subsane los vicios del procedimiento y acto de votación descrito”, resaltó.

Como se recuerda, el pasado 18 de octubre el Pleno del Tribunal Constitucional decidió rechazar la demanda competencial que interpuso el Congreso contra el Poder Judicial por emitir fallos a favor de la Junta Nacional de Justicia.

Esta demanda no alcanzó los cinco votos necesarios que establece el Nuevo Código de Procesos Constitucionales.

Es importante mencionar que el último jueves el Pleno del Congreso aprobó en segunda votación la modificación al Nuevo Código de Procesos Constitucionales que reducía de cinco a cuatro los votos para declarar fundada una demanda competencial.

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