La presidenta Dina Boluarte se encuentra inmersa en una serie de investigaciones por la Fiscalía. (Foto: Presidencia)
La presidenta Dina Boluarte se encuentra inmersa en una serie de investigaciones por la Fiscalía. (Foto: Presidencia)

A principios de año, la presidenta dijo tener un “respeto absoluto a la separación e independencia de poderes”. Sin embargo, parece que la frase que dio durante su participación en el inicio del año judicial 2024 quedó en el olvido luego de que la Fiscalía inició una investigación en su contra por el y el Poder Judicial (PJ) autorizó una serie de diligencias como el allanamiento en su domicilio y en Palacio de Gobierno.

Y es que el Gobierno de presentará una demanda competencial ante el (TC) en contra del Ministerio Público (MP) y el PJ. El objetivo: Salvarse de las pesquisas que tiene en la actualidad.

Esta es la resolución que autoriza al Poder Ejecutivo a presentar una demanda competencial contra la Fiscalía y el Poder Judicial.
Esta es la resolución que autoriza al Poder Ejecutivo a presentar una demanda competencial contra la Fiscalía y el Poder Judicial.

DETALLES

El 18 de marzo, la Fiscalía de la Nación abrió una investigación contra la mandataria por el por la presunta comisión de los delitos de enriquecimiento ilícito y omisión de consignar declaración en documentos.

Según la Ley 27399, el plazo de la investigación preliminar no debe exceder los 60 días naturales.

Ese tiempo se cumplió el viernes 17 de mayo.

El paso siguiente sería determinar si el caso debe ser archivado o si existen indicios reveladores que ameritan continuar con el proceso, de ser el último caso, la Fiscalía debe presentar una denuncia constitucional ante el Congreso contra la mandataria a fin de pasar a la fase de investigación preparatoria.

Sin embargo, aquel 17 de mayo también ocurrió algo más. La Secretaría del Consejo de Ministros del Despacho Presidencial remitió a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) el oficio N° 000701-2024/DP/SCM, documento que certificaba que en una sesión del Consejo de Ministros de ese día, se aprobó autorizar al Poder Ejecutivo a interponer una demanda competencial contra el MP y el PJ.

El argumento sería “por menoscabo en sentido estricto del adecuado ejercicio de las competencias y funciones de la Presidenta de la República”.

Además, la presidenta designó al presidente del Consejo de Ministros como el responsable de presentar la demanda competencial y la represente en el proceso.

Por ese motivo, ayer se publicó en el diario oficial El Peruano una resolución ministerial que dispone que el procurador público especializado en materia constitucional ejerza la representación del Ejecutivo en la demanda.

La resolución lleva la firma del premier .

La presidenta Dina Boluarte es investigada por el "Caso Rolex" junto a Wilfredo Oscorima.
La presidenta Dina Boluarte es investigada por el "Caso Rolex" junto a Wilfredo Oscorima.

JUSTIFICACIÓN

Ayer, durante una conferencia de prensa que ofreció el Gabinete Ministerial, el ministro de Justicia, Eduardo Arana, intentó justificar la demanda bajo el argumento de que la Fiscalía de la Nación (FN) tuvo una conducta procesal a lo largo de los años.

En ese sentido, recordó que se presentaron denuncias contra , y , cuando estos eran presidentes. Sin embargo, la Fiscalía decidió no iniciar una investigación.

Sobre el caso del expresidente , dijo que si bien se inició una pesquisa, esta fue suspendida hasta el término de su mandato.

Cabe precisar que el titular de Justicia obvió mencionar al expresidente quien es investigado por una serie de hechos cometidos durante su gestión (ver infografía).

“¿Qué ha pasado en la actualidad? Que la FN abrió investigación contra la institución presidencial, pero ¿cuál es el fundamento? No ha expresado fundamento alguno. Consideramos que no ha tenido un accionar conforme a sus antecedentes y la FN ha traspasado estos límites que corresponden a su propia función”, indicó.

Aseguró que lo que se busca con la demanda es “delimitar la aplicación del artículo 117 de la Constitución” para que se pueda establecer realmente las facultades de la FN y que constituya un precedente no solo para la presidenta Boluarte, sino para los próximos presidentes.

Desde su punto de vista, debe quedar claro a nivel constitucional si la FN tiene o no la prerrogativa (para investigar a la presidenta).

“Lo que yo les acabo de expresar es que la conducta histórica de la FN es interpretar que no pueden investigar y acusar. No se trata aquí de un nombre, sino de la investidura presidencial”, sostuvo.

Arana consideró que la FN tiene que explicar por qué ha cambiado su posición en estos años.

“A pesar de que sus antecesores han interpretado el artículo 117 de una forma, por qué ahora a ustedes se les ocurre hacerlo de otra. Si tiene las razones las pondrá en la mesa y será el TC quien tendrá que acoger o establecer cuáles son esas razones”, afirmó.

Eduardo Arana, ministro de Justicia, defendió la presentación de una demanda competencial. (Foto: PCM)
Eduardo Arana, ministro de Justicia, defendió la presentación de una demanda competencial. (Foto: PCM)

ANÁLISIS

Según la resolución ministerial que autoriza la presentación de la demanda competencial, el Ejecutivo consideró una serie de artículos de la Constitución y del Nuevo Código Procesal Constitucional para argumentar el inicio del procedimiento. Sin embargo, ¿la demanda de tendrá asidero? Esto es lo que opinan constitucionalistas consultados por Correo.

Para el abogado Alejandro Rospigliosi el camino para resolver el caso de no es una demanda competencial, sino un proyecto de ley que modifique el Código Procesal Penal en lo que se reffiere a las detenciones preliminares. “El proyecto de ley no solo es para ella, sino para todos aquellos que son detenidos de manera preliminar injusta sin haber sido escuchados”, indicó.

Recordó que hace un mes el TC declaró infundada una demanda competencial que presentó el MP contra la Junta Nacional de Justicia (JNJ) por una presunta vulneración, “de manera clara y flagrante”, hacia sus funciones constitucionales.

Así, el TC estableció que la JNJ si tiene las capacidades para investigar y remover a autoridades, es decir, la JNJ sí tiene las competencias para investigar a personas como s, quien ejerció el más alto cargo en la Fiscalía.

En ese sentido, Rospigliosi considera que la demanda de Boluarte “seguirá el mismo camino” y será desestimada.

“Las afectaciones a presidentes de parte del MP no deben seguir el camino de una demanda competencial. Si considera que vulneraron sus derechos, puede presentar un hábeas corpus”, dijo.

Estas son las investigaciones que tiene la presidenta Dina Boluarte y su antecesor Pedro Castillo. (Infografía: Diario Correo)
Estas son las investigaciones que tiene la presidenta Dina Boluarte y su antecesor Pedro Castillo. (Infografía: Diario Correo)

En un sentido diferente opinó el experto Ángel Delgado, quien consideró que el TC será el encargado de establecer las competencias de cada institución.

“A veces nos olvidamos qué es el principio de separación de poderes y que cada poder tiene una competencia, entonces debe existir un Estado democrático para que no se afecte la libertad de las personas”, indicó.

Agregó que si la presidenta que es la titular del Poder Ejecutivo y jefa del Gobierno, considera que se menoscaban sus funciones por las investigaciones que lleva la Fiscalía en su contra, puede interponer una demanda.

Cabe precisar que el abogado recordó que la investigación de la Fiscalía tiene todavía un carácter preliminar, porque para que avance deberá presentarse una denuncia constitucional ante la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Parlamento, un derecho que tiene la presidenta Boluarte, congresistas y otros altos funcionarios.

Por otro lado, la FN estaría a pocos días de presentar una denuncia constitucional contra la presidenta Boluarte por el , así lo dejó entrever el fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena, el último viernes durante su presentación ante el Congreso.

El Tribunal Constitucional deberá resolver la demanda competencial que presentará el Poder Ejecutivo.
El Tribunal Constitucional deberá resolver la demanda competencial que presentará el Poder Ejecutivo.