El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) anunció que 169 agrupaciones regionales cuentan con inscripción vigente en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del organismo electoral y se encuentran habilitados para participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022, programadas para el primer domingo de octubre de aquel año.
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En ese sentido, las regiones con mayor número de movimientos regionales son Puno (12), Amazonas (11), Ayacucho (11), Tacna (11) y Tumbes (10), conforme el reporte de la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas, emitida el 28 de diciembre.
Asimismo, le siguen Arequipa (9), Junín (9), Loreto (9), Huánuco (8), Piura (8), Ancash (7), Apurímac (6), Callao (6), Huancavelica (6), Pasco (6), Cusco (5), Ica (5), Moquegua (5), San Martín (5), Cajamarca (4), Lima (4) y Ucayali (4).
Finalmente, se concluyó que existen una menor cantidad de organizaciones políticas inscritas en La Libertad (3), Madre de Dios (3) y Lambayeque (2).
En tanto, otros 33 movimientos regionales se encuentran actualmente en proceso de inscripción en el ROP. El JNE indicó que la mayoría son de Ucayali, con cuatro organizaciones; y de La Libertad, Loreto, Piura, Callao y Tacna, con tres en cada una.
Según la legislación vigente, el plazo para inscribir una organización política en el ROP, en aras de participar en los comicios de 2022, vence el 5 de enero próximo.
De igual manera, esa es la fecha límite para que el Ejecutivo convoque al proceso, conforme a la Ley de Elecciones Municipales y la Ley de Elecciones Regionales.
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Días atrás, el JNE ya solicitó al presidente Pedro Castillo convocar a las elecciones en las que se elegirá a gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales, además de alcaldes y regidores provinciales y distritales.
Inscripción de un movimiento regional
Según el JNE, Para inscribir un movimiento regional, previamente se debe contar con un certificado de reserva de denominación. Seguidamente, debe cumplirse con las exigencias de la Ley de Organizaciones Políticas, como tener una relación de afiliados, cuyo número no debe ser menor al 1% del padrón de votantes de la última elección nacional, en el departamento correspondiente.
Además de poseer comités partidarios en no menos de 4 a 5 de las provincias del departamento al que pertenecen y, en caso del Callao y de Lima Metropolitana, en no menos de los 4 a 5 de los distritos, así como otros requisitos.
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