A casi una semana de que se publicaran las resoluciones que oficializaron las inhabilitaciones de Inés Tello y Aldo Vásquez como integrantes de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), la institución decidió declararse en rebeldía en contra de la decisión que tomó el Congreso.
Y es que de acuerdo con fuentes de Correo, al cierre de esta edición, la JNJ todavía no ha oficiado a la Defensoría del Pueblo (DP) los nombres de los dos miembros suplentes que deben asumir.
En consecuencia, la Defensoría no puede convocar a los reemplazantes para tomar juramento en una ceremonia.
DETALLES
El 8 de marzo, se publicó en una edición extraordinaria del diario oficial El Peruano las resoluciones legislativas que inhabilitan de la función pública por 10 años a Inés Tello y Aldo Vásquez (ver infografía).
Desde entonces, ambos abogados han dado una serie de entrevistas en las que destacan una serie de recursos que presentaron ante la justicia con la intención de ser repuestos en sus cargos.
Vásquez sostiene que fue “inhabilitado, pero no destituido”, Tello asegura que “legalmente” continúa como miembro de la JNJ.
Precisamente, los dos mencionados presentaron el martes una medida cautelar ante el Poder Judicial (PJ) en un intento por suspender sus inhabilitaciones.
Mientras tanto, los demás integrantes de la JNJ se mantienen indecisos sobre la situación de sus colegas.
A ellos les corresponde revisar el cuadro de méritos para saber cuáles son los dos suplentes que asumirán la titularidad.
Posteriormente, la Junta debe cursar un oficio a la Defensoría del Pueblo con ambos nombres.
Cuando eso suceda, el defensor del Pueblo Josué Gutiérrez, en calidad de presidente de la Comisión Especial para la elección de los miembros de la JNJ, podrá enviar una invitación a los dos suplentes para la ceremonia de juramentación.
Sin embargo, fuentes refieren que la JNJ no formaliza el envío de los nuevos magistrados, lo que deja atada de manos a la DP para avanzar con el procedimiento.
Cabe precisar que el lunes 11 de marzo, el Pleno del Congreso terminó por definir la situación de Antonio de la Haza (presidente) e Imelda Tumialán, ambos miembros de la JNJ.
El Parlamento votó una reconsideración en un intento por inhabilitarlos de sus cargos. Sin embargo, no se alcanzaron los votos.
Correo consultó un día después con la JNJ para saber que pasaría con los titulares sancionados por el Congreso.
Desde prensa nos respondieron que todavía no se ha definido una posición oficial sobre la inhabilitación de Tello y Vásquez, por lo que “no podrían adelantar nada”.
El artículo 9 de la Ley Orgánica de la JNJ establece que pueden acceder como accesitarios los que fueron declarados suplentes en el concurso público que se realizó en el 2019.
De acuerdo con el cuadro de méritos, ingresarían como magistrados Abraham Santiago Siles Vallejos (62) y Mónica Roxana Medina Rossel (60).
Los abogados obtuvieron 79.90 y 79 puntos respectivamente, según el cuadro de méritos.
ANÁLISIS
Desde el momento en que se oficializó la inhabilitación de Tello de Ñecco y Vásquez Ríos como integrantes de la JNJ, ambos ya no tienen permitido tomar decisiones, firmar resoluciones o participar de las sesiones del pleno de la institución.
Sin embargo, eso no ha sido impedimento para que los implicados cuestionen la decisión de sus salidas.
Vásquez sostiene que la inhabilitación fue “fraudulenta”, mientras que Tello dice que “no defiende un cargo, sino un derecho”.
Al respecto, el abogado penalista Julio Rodríguez precisó que si ambos se quedan en el cargo estarían cometido el delito de usurpación de funciones.
“Al día de hoy no son funcionarios públicos, no son miembros de la JNJ, por lo tanto, no pueden alegar que desconocen la decisión que los inhabilita”, indicó.
En diálogo con Correo, mencionó que no se puede utilizar como argumento la espera de la resolución de un recurso judicial para no tomar juramento a los nuevos magistrados.
Además, el letrado indicó que el gran problema de la JNJ es que nació “viciada”, porque -desde su punto de vista- fue creada por el expresidente Martín Vizcarra para controlar el sistema de justicia.
“Las normas tenían un montón de vacíos porque se hizo entre gallos y medias noches cuando Vizcarra había disuelto el Congreso. La norma tiene un montón de falencias”, indicó.
SIMILAR
El abogado penalista Mario Amoretti es claro es recordar que cuando un funcionario es inhabilitado, no puede ejercer más en el cargo.
“No tienen que destituirme, basta que con digan que ya no se puede ejercer una función pública. Si se niegan a irse, estarían cometiendo el delito de usurpación de funciones”, afirmó.
Además, consideró que la Defensoría no tendrá ningún impedimento para convocar a los accesitarios a tomar juramento, una vez que la JNJ haya cursado el oficio con los nombres.
Incluso, dijo que si la Junta decide no enviar los documentos que dan pie a convocar a los accesitarios, estarían incurriendo en el delito de incumplimiento de funciones.
“Sino existe ninguna resolución judicial que deja sin efecto la inhabilitación de Tello y Vásquez, entonces esta se encuentra vigente. Pueden interponer hábeas corpus, amparos o acciones constitucionales, pero eso no tiene ningún valor para los efectos de que se suspenda la inhabilitación”, indicó.
Por otro lado, uno de los congresistas que se ha pronunciado exigiendo la juramentación de los accesitarios de la JNJ, es Alejandro Muñante.
El representante de Renovación Popular dijo lamentar que Tello y Vásquez todavía se “autoperciban” miembros de la JNJ.
“Les recomendaría que se asesoren muy bien, porque de no acatar una disposición del Congreso, podrían estar incurriendo en usurpación de funciones y en desobediencia a la autoridad”, dijo.
En declaraciones a la prensa, hizo una exhortación al defensor del Pueblo para que emplace a los accesitarios y puedan tomar juramento de sus cargos.
“Las instituciones se respetan. La decisión del Congreso se respeta y ellos como buenos juristas deberían acatar”, afirmó el legislador.
Por ahora, la Defensoría está a la espera del oficio que debe enviar la JNJ para que asumen los dos nuevos miembros.