Pese a haber obtenido escaños tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado tras las Elecciones Generales 2026, las organizaciones políticas Obras y Buen Gobierno se encuentran en riesgo de perder su inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
El partido Obras, liderado por Ricardo Belmont, obtuvo cinco escaños en el Senado y catorce en la Cámara de Diputados. Por su parte, la agrupación encabezada por Jorge Nieto alcanzó siete senadores y dieciocho diputados.
Pese a haber superado la valla electoral, ambas agrupaciones se exponen a perder su inscripción debido a que no habrían cumplido con el requisito de presentar el número mínimo de candidaturas exigido para las Elecciones Regionales y Municipales 2026.
El abogado especialista en derecho electoral, José Tello, precisó que el Partido Cívico Obras presentó tres candidaturas a gobiernos regionales y apenas nueve a municipalidades provinciales. Asimismo, señaló que el Partido del Buen Gobierno registró seis postulaciones regionales y solo 15 provinciales.
“Estamos viendo un problema serio con dos partidos políticos que han pasado la valla en la primera elección”, declaró a RPP.
La normativa electoral establece que los partidos políticos deben acreditar su participación en al menos el 50% de las candidaturas regionales y en el 20% de las municipalidades provinciales. En la práctica, ello implicaba presentar postulantes en, como mínimo, 13 regiones y 40 municipios provinciales.
Para el constitucionalista Javier Albán, las organizaciones políticas que lograron representación en el Congreso bicameral tras superar la valla electoral deberían mantener su inscripción vigente, al menos durante el periodo para el que fueron elegidos sus senadores y diputados, comprendido entre 2026 y 2031.
“Tenemos normas electorales que no hacen sentido entre sí, que se modifican una por un lado, otra por otro lado… y sin ponerse a pensar en cómo todo esto termina convirtiéndose en un Frankenstein, que no hace sentido después y terminas con partidos en el Congreso que no pueden formar bancada y que no tienen el partido político inscrito”, sostuvo.
Albán sostuvo que, en caso de perder su inscripción, los partidos Obras y Buen Gobierno tendrían que devolver los recursos recibidos a través del financiamiento público otorgado a las organizaciones políticas.
Por su parte, Tello señaló que el monto que ambas agrupaciones tendrían que reintegrar al Estado ascendería a aproximadamente 30 millones de soles.
En otro momento, José Tello advirtió que se habría producido una modificación en la normativa electoral. Se trata de la Ley 32657, aprobada por el Congreso y promulgada por el Ejecutivo el pasado 15 de junio, la cual —según el cálculo del especialista— reduce de 13 a 8 el número mínimo de listas regionales que deben presentar las organizaciones políticas. Sin embargo, precisó que, aun con este nuevo umbral, los partidos Obras y Buen Gobierno continuarían sin cumplir el requisito establecido.
El especialista enfatizó que la referida norma, que modifica la Ley de Organizaciones Políticas y la Ley de Elecciones Municipales, ya se encuentra vigente; sin embargo, recordó que el principio de intangibilidad electoral establece que las modificaciones a la normativa electoral no deben aplicarse cuando un proceso electoral ya ha sido convocado.
En este caso, las Elecciones Regionales y Municipales, previstas para el próximo 4 de octubre, fueron convocadas el último 25 de febrero por el entonces presidente José Jerí.
“Lo que también hay que dejar bien en claro es el hecho de que estamos ante una afectación de la intangibilidad normativa. Esta norma no se debió dar”, señaló.
Por su lado, el constitucionalista Javier Albán señaló que el Jurado Nacional de Elecciones cuenta con la facultad de inaplicar la Ley 32657.
“[El JNE] puede inaplicar normas legales cuando contravienen la Constitución y, bueno, aquí hay una norma [que no] no está en la Constitución, pero se expresa en la ley que prohíbe la modificación de normas un año antes de la elección”, finalizó.





