“Esperaré humildemente la decisión que ustedes, señores jueces, tomen: sea la que yo espero o algo que sea contrario a lo que yo creo. Aquí, me tendrán”. Con estas palabras, el congresista Guillermo Bermejo (Perú Democrático) aseguró, durante sus alegatos finales el pasado miércoles, que se someterá al veredicto que emitirá, hoy a partir de las 4 de la tarde, el Poder Judicial por el delito de afiliación al terrorismo.
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El Ministerio Público pide 20 años de prisión para Bermejo, tras ser sindicado de pertenencia y afiliación terrorista a los remanentes de Sendero Luminoso del Vraem, entre el 2008 y marzo del 2009.
La Segunda Sala Penal Superior Nacional Transitoria dará lectura a la sentencia, que puede ser condenatoria o absolutoria.
Así, la sala concluirá el segundo juicio contra Guillermo Bermejo, el cual inició en mayo del 2021. Este nuevo proceso fue resultado de un pronunciamiento de la Corte Suprema, que anuló una sentencia absolutoria emitida por la Sala Penal Nacional debido a una falta de valoración de pruebas.
Según la acusación fiscal, el parlamentario se desplazó en varias oportunidades de manera “consciente y voluntaria” a campamentos subversivos para reunirse clandestinamente con Víctor Quispe Palomino, camarada “José”, “Martín” o “Iván”; con Jorge Quispe Palomino, camarada “Raúl”; y otros miembros del grupo senderista.
La fiscalía sindica a Bermejo que, en esas reuniones, recibió adoctrinamiento ideológico, político y en el uso de armas de fuego.
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OPINIONES. Para el abogado penalista Julio Rodríguez, en caso la sala dicte sentencia condenatoria, su ejecución puede ser inmediata “debido a que este caso está tipificado bajo las reglas del Antiguo Código Penal, que faculta esta posibilidad”.
“La regla bajo el Antiguo Código de Procedimientos Penales es que si la sentencia supera los cuatro años de pena privativa de libertad se ejecuta en ese momento. Sin embargo, el Nuevo Código Procesal Penal establece que la sentencia que supere los cuatro años, y que se encuentre impugnada, no se ejecutará. Muchos magistrados han estado aplicando las reglas del nuevo código en la medida de que se aseguran mayores garantías para los procesados”, dijo Rodríguez a Correo.
Cualquiera de los dos escenarios (ejecución inmediata de pena o suspendida hasta que se confirme la misma en segunda instancia) es posible, remarcó el letrado. “Pero si la sala se apega a la ley y dicta condena, tiene que ordenar inmediata ubicación y captura para ingresar al sentenciado al penal”, añadió.
Aclaró que Bermejo no tiene ningún tipo de antejuicio o protección legal en este caso, al ser los hechos imputados por la Fiscalía en su contra, anteriores a su cargo como legislador.
En tanto, el abogado Andy Carrión consideró que, al ser la primera instancia, la decisión que tome el colegiado será materia de una apelación por cualquiera de las partes (Ministerio Público o defensa de Bermejo), por lo que se prevé -dijo- que la ejecución de la decisión final se de en segunda instancia. Es decir, la Corte Suprema.
“En caso sea una sentencia condenatoria, se daría en primera instancia. Eso tiene muchas implicancias como, por ejemplo, que su ejecución no sea inmediata. Y si la sentencia es absolutoria, la fiscalía puede presentar apelación y ser revisada ante la Corte Suprema”, dijo el letrado a este diario.
Para que este caso sea elevado a la Corte Suprema y sea resuelto, Carrión estimó un plazo adicional de seis meses. “Pero si hay una sentencia condenatoria, tal vez el trámite dure en dos o tres meses, a más tardar”, anotó
Explicó que para la sala emita una sentencia condenatoria, los jueces deben valorar los testimonios y pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, sobre los presentados por la defensa de Bermejo.