La presidenta de la República, Dina Boluarte, continuará siendo investigada por el presunto delito de enriquecimiento ilícito y omisión de consignar declaraciones en documentos. El Poder Judicial decidió rechazar el pedido de la mandataria para que se cierre dicha pesquisa en su contra.
El juez juez supremo Juan Carlos Checkley Soria, del Juzgado de Investigación Preparatoria, declaró infundada la solicitud de control de plazo presentada por la defensa legal de Boluarte “en la investigación preliminar seguida en su contra por el delito de enriquecimiento ilícito y otro en agravio del Estado”.
“La decisión de la fiscalía de declarar compleja la investigación así como establecer el plazo de ocho meses resulta aplicable y, en ese sentido, no infringe principio alguno como como debido proceso o plazo razonable”, indica el magistrado.
Estos hechos están vinculados a la recepción de los relojes Rolex y joyas fueron remitidos a una carpeta fiscal, por ello se formuló una denuncia constitucional ante el Congreso contra Boluarte Zegarra por el presunto delito de cohecho pasivo impropio en agravio del Estado.
Cabe recordar que el ‘Caso Rolex’ se refiere a las presuntas irregularidades en la adquisición de relojes de lujo que involucrarían a personas del entorno de la presidenta Dina Boluarte.
La intervención de la Fiscalía y el allanamiento a sus propiedades han sido vistos por la jefa de Estado como un ataque político en su contra. Es importante mencionar que la mandataria señaló que el allanamiento a su vivienda fue una medida desproporcionada y violatoria de sus derechos.
Además, Dina Boluarte también está siendo investigada tras un resunto incremento de dinero en sus cuentas bancarias por S/ 432.932,25; también por registrado depósitos de origen desconocido, realizados en sus cuentas, entre el 29 de julio del 2021 hasta agosto del 2022, en su condición de exministra de Inclusión Social; y por no consignar en su declaración jurada haber obtenido dichos relojes.
Debido a estos dos últimos hechos, la presidenta es investigada por los delitos contra la administración pública, modalidad enriquecimiento ilícito, y contra la fe pública, modalidad omisión de consignar declaraciones en documentos, ambos en agravio del Estado.
En la resolución, el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria señaló que la decisión de la Fiscalía de declarar compleja la investigación y establecer el plazo de ocho meses no infringe el principio del debido proceso o plazo razonable.
“Tratándose de un alto funcionario del Estado, donde, por un lado, se establece un plazo de investigación preliminar de 60 días y, por otro, las reglas del CPP (Código Procesal Penal), posibilitan que ese caso sea declarado complejo con los plazos señalados en las reglas del CPP; en consecuencia, la decisión de la fiscalía de declarar compleja la investigación así como establecer el plazo de ocho meses resulta aplicable y en ese sentido no infringe principio alguno como como debido proceso o plazo razonable”, manifestan.
Como se recuerda, Dina Boluarte presentó un recurso de hábeas corpus ante el Tribunal Constitucional para solicitar la anulación de la investigación en marco al Caso Rolex, incluyendo el allanamiento de su despacho presidencial y domicilio.
En dicha demanda, la mandataria requirió que todo acto que se realice en su contra en el proceso, tenga la autorización del Congreso.
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