El pleno del Congreso de la República sesionará este miércoles 25 y jueves 26 de mayo, donde se debatirán dictámenes, informes finales de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, así como mociones presentadas por los parlamentarios.
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Según la agenda a la que accedimos, la representación nacional discutirá el informe final contra el exparlamentario Edgar Alarcón tras ser denunciado por la exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, por la presunta comisión del delito de peculado doloso por apropiación agravada, tipificado en el artículo 387 del Código Penal.
Asimismo, entre los dictámenes a debatir se encuentran: la que propone promover el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad para la prestación de los servicios educativos por parte de las universidades privadas asociativas con licencia denegada, así como la que plantea crear pensiones mínimas y promover aportes voluntarios alternativos con fines previsionales, entre otras iniciativas.
Respecto a reformas constitucionales pendientes de segunda votación, se encuentran agrandadas para su debate: la que propone modificar los artículos 179 y 180 de la Constitución Política, sobre la elección de uno de los miembros del Jurado Nacional de Elecciones por parte de los colegios de abogados de todo el Perú, la que establece el régimen de residencia temporal del expresidente de la República y la que fortalece la lucha anticorrupción en el marco del levantamiento del secreto bancario y la reserva tributaria.
También se encuentra agenda la moción de censura en contra la ministra de Trabajo, Betsy Chávez, medida que fue promovida por la bancada de Fuerza Popular con el respaldo de agrupaciones de oposición.
El principal motivo de la moción contra la titular del Trabajo es “por su falta de capacidad y grave negligencia en su gestión al frente de su sector”, lo cual constituye una grave responsabilidad política al vulnerar los artículos 39, 44 y 119 de la Constitución Política.
Conoce la agenda completa aquí:
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El principal motivo de la moción contra la titular del Trabajo es “por su falta de capacidad y grave negligencia en su gestión al frente de su sector”, lo cual constituye una grave responsabilidad política al vulnerar los artículos 39, 44 y 119 de la Constitución Política.
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