El legislador Alex Flores (Perú Libre) presentó un proyecto de ley que tiene como fin que los congresistas de la República ya no accedan a un seguro privado y se atiendan hospitales del Seguro Social de Salud (EsSalud) y el Ministerio de Salud.

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De esta manera se busca regular el régimen de seguridad social en salud de los parlamentarios. La medida también busca aplicarse en el presidente de la República, altos funcionarios del sector público, así como gobernadores, alcaldes, consejeros regionales y regidores.

“La finalidad de la presente ley es garantizar la adecuada prestación de salud a los altos funcionarios del Estado a través de los servicios de salud ofrecidos por el Seguro Social de Salud (EsSalud) y el Sistema Integral de Salud (SIS) del Ministerio de Salud, a fin de optimizar el uso de los fondos públicos, y potenciar el sistema prestacional de salud público”, se indica en el documento.

La propuesta incluye a funcionarios de nombramiento y remoción como: magistrados supremos y superiores del Poder Judicial y Ministerio Público; vocales de los Tribunales Administrativos, titulares e integrantes de alta dirección de los organismos reguladores y organismos autónomos constitucionales.

“Los altos funcionarios del Estado, comprendidos en el artículo precedente en el marco del presente régimen de seguridad social en salud, reciben obligatoria y alternativamente la prestación de salud que brinda el Seguro Social de Salud (EsSalud) y el Sistema Integral del Salud (SIS), del Ministerio de Salud. El Estado garantiza y cumple con los aportes mensuales bajo responsabilidad a cada una de las entidades prestacionales”, se indica en la iniciativa.

Se agrega que se encontrará prohibido la contratación en cualquier modalidad contractual de pólizas de seguro privados para la prestación de salud, salvo que sea con los recursos propios del alto funcionario.

“El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el Ministerio de Economía y Finanzas, dentro del plazo de 60 días contados a partir de la promulgación de la presente ley, aprueba el respectivo reglamento”, se acota en la disposición complementaria.

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