Richard Swing es investigado por la fiscalía por su irregular contratación en el Ministerio de Cultura entre los años 2018 y 2020. (Foto: Jessica Vicente /@photo.gec)
Richard Swing es investigado por la fiscalía por su irregular contratación en el Ministerio de Cultura entre los años 2018 y 2020. (Foto: Jessica Vicente /@photo.gec)

José Antonio Bellido Suárez, uno de los implicados en la contratación irregular de , en el Ministerio de Cultura, fue designado en una de las jefaturas de la Intendencia Nacional de Bomberos.

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Mediante , publicado en el Diario Oficial El Peruano, Bellido Suárez fue nombrado jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto de la Intendencia Nacional de Bomberos.

Según un informe del 31 de agosto del 2020 elaborado por la Contraloría General de la República, este personaje es investigado porque como director general de la Oficina de Administración aprobó la contratación de Cisneros Carballido.

Según la entidad de control, pese a tener como función supervisar los procesos relacionados a los recursos financieros, Bellido Suárez “inobservó” las irregularidades en el requerimiento 2019-03277 y aprobó el mismo el 21 de julio del 2019.

Cabe indicar que dicho documento recibió luz verde a través del Sistema de Gestión Administrativa (SGA-QUIPU), siendo remitido a la Oficina de Abastecimiento para su trámite correspondiente.

Por este caso, en mayo pasado la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, presentó una denuncia constitucional contra el expresidente Martín Vizcarra y las exministras de Cultura Patricia Balbuena, Ulla Holmquist y Sonia Guillén.

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Ese mismo mes el pleno del Congreso de la República aprobó el informe final de la Comisión de Fiscalización y Contraloría sobre los procesos de contratación del Ministerio de Cultura desde el 2018 a la fecha, que incluye el caso ‘Richard Swing’.

El informe final de la investigación sindica responsabilidades a Vizcarra Cornejo, recomienda acusarlo constitucionalmente “por infracción constitucional y la comisión de varios delitos de función”, así como por “liderar una organización criminal”.

También considera que “corresponde la inhabilitación para el ejercicio de la función pública hasta por diez años, sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad de acuerdo a las normas vigentes”.

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