La solicitante, Inés Quiñones, fue condenada a cadena perpetua por terrorismo, pena que luego se varió a 28 años de prisión. Fiscalía evaluará su petición, pero penalistas refieren que el Estado podría decidir sobre los restos
La solicitante, Inés Quiñones, fue condenada a cadena perpetua por terrorismo, pena que luego se varió a 28 años de prisión. Fiscalía evaluará su petición, pero penalistas refieren que el Estado podría decidir sobre los restos

La entrega de los restos de quien fue el mayor genocida de la historia del Perú, , fueron solicitados formalmente. Así lo informó el .

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La petición fue presentada por Iris Yolanda Quiñones Colchado, quien aseguró tener un poder escrito otorgado por , viuda del cabecilla terrorista de .

La Fiscalía también informó que ayer, a las 1:45 a.m., culminó la necropsia de , la que arrojó que la causa de muerte sería una neumonía bilateral causada por un agente patológico.

“Conclusión que está sujeta a los resultados de las pericias patológicas, toxicológicas, químicas, entre otras dispuestas por el fiscal”, agrega un comunicado.

PRONTUARIO

Luego de la confirmación de la muerte del cabecilla terrorista se presentó una solicitud para retirar su cuerpo, por parte de Iris Quiñones

Pero ¿quién es ella? De acuerdo con el informe final de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación (CVR), es la camarada ‘Bertha’. Fue una de las encargadas de elaborar el plan operativo y táctico, para asesinar al comandante PNP Manuel Tumba Ortega, en venganza por ser uno de los agentes que participó en la captura de Abimael Guzmán (ver infografía).

El 5 de noviembre de 1992, los miembros del destacamento especial de la Zona Sur del Comité Regional Metropolitano del PCP-SL esperaron a que el comandante Tumba saliera de su casa para atacarlo con armas de fuego.

Herido sobre la vía pública, uno de los senderistas le disparó en la cabeza.

Quiñones fue detenida y condenada por tribunales militares en tres instancias a cadena perpetua. Sin embargo, posteriormente, tras un nuevo juicio, le impusieron 28 años de prisión.

Cabe precisar que la Fiscalía señaló que la petición será evaluada de acuerdo con las normas legales, que precisan que los restos son entregados a familiares directos debidamente acreditados.

SUS BASES RESPALDAN

Por otro lado, el analista en seguridad integral Pedro Yaranga alertó que seguidores del Movimiento por la Amnistía y Derechos Fundamentales (Movadef), brazo político de , colocaron carteles en una calle del distrito San Juan Bautista en Ayacucho para exigir que el cuerpo de sea entregado a su esposa.

La página del Movadef Región Ayacucho compartió fotografías con textos culpando al Estado Peruano y a la Marina de Guerra por la muerte del sanguinario Guzmán.

Tras un pronunciamiento público de Iparraguirre, en el que mencionó que se comunicó con “autoridades superiores”, la congresista Rosselli Amuruz (Avanza País) envió un oficio al ministro de Justicia, Aníbal Torres, para solicitar un “informe documentado y con carácter de muy urgente” sobre la presunta conversación telefónica entre la terrorista y la presidenta del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), Susana Silva Hasembank.

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TIEMPOS

Sobre el pedido de la condenada por terrorismo Iris Quiñones, el abogado Carlos Caro advirtió que ella tendría que presentar un documento para acreditar que, realmente, esta solicitud proviene de Elena Iparraguirre.

“Quien reclama el cuerpo con un ‘poder’ de Iparraguirre, tendría que tener poder notarial; ello implica que el Juez que controla la ejecución autorice el acto notarial. Si en 36 horas no pasa eso, decide el Estado”, dijo Caro Coria.

El penalista explicó que la carta poder no es un documento simple o una firma, sino que “es necesario que la Fiscalía certifique que es la esposa de quien está disponiendo del cuerpo a través de un apoderado”.

“La única manera de realizar esto es a través de una certificación notarial. Para ello, un notario tendría que hacer una diligencia en el penal donde está encerrada Iparraguirre para tomarle sus datos y sus huellas biométricas. Todo esto tendría que ser autorizado por el juez, que está a cargo de la ejecución de la pena”, explicó.

El plazo de 36 horas para regularizar el trámite de la carta poder se contabiliza desde que los restos ingresan a la Morgue, señala el artículo 114 de la Ley General de Salud.

“Los cadáveres de personas no identificadas o, que habiendo sido identificados no hubieran sido reclamados dentro del plazo de treintiséis (36) horas luego de su ingreso a la morgue, podrán ser dedicados a fines de investigación o estudio”, dice el dispositivo legal.

MAS OPINIONES

En diálogo con Correo, el abogado penalista César Nakazaki remarcó que, en principio, no hay una ley que permita al Gobierno disponer de un cuerpo e incinerarlo, tras la necropsia de ley.

“Al cadáver se le trata como una cosa. Las cosas, según la ley, se transfieren a los herederos legales. Si no los hay, el Estado toma la propiedad de dichos bienes”, refirió.

En esa línea, Nakazaki sugirió que una alternativa sería que las autoridades invoquen “el estado de necesidad”, a fin de que el cadáver no sea entregado a los familiares de .

“En el estado de necesidad se puede justificar la no entrega del cadáver alegando que cualquier tipo de entierro de los restos de Abimael Guzmán sería fuente de culto o apología al terrorismo. Ese estado de necesidad se establecería con un informe de la Dircote y de la decisión que tome el Ministerio del Interior, como el jefe de la política de la seguridad pública, o el presidente de la República, que encabeza la política general contra el delito. Bastaría con una decreto supremo”, explicó.

Por su parte, el exviceministro de Justicia Miguel Ángel Soria señaló que, de acuerdo con la Ley General de Cementerios y Servicios Funerarios, la Autoridad Nacional de Salud -que depende del Minsa- podría disponer la incineración de los restos invocando un peligro de delito para la colectividad.

“Esta ley establece que la Autoridad Nacional de Salud, que pertenece al Ministerio de Salud, pueda disponer del cadáver e incinerarlo, previa autopsia de ley, cuando considere que exista un peligro a la comunidad”, detalló.

Este peligro, explicó el letrado, podría ser el culto a los restos de en un mausoleo o lugar público.

“Si bien la norma no detalla sobre el peligro, se puede tomar en cuenta que, en este caso, estamos hablando del mayor delincuente terrorista del país que ha ocasionado miles de muertes”, añadió.

En tanto, el exdecano del Colegio de Abogados, Mario Amoretti, tomó como ejemplo el contexto del COVID-19, en el que el Estado disponía de los cadáveres y los incineraba “por motivos sanitarios”.

“Si bien no hay una legislación específica, se puede invocar, en el caso de Abimael Guzmán, el peligro de que los restos sean motivo de un culto, lo cual podría ser motivo de denuncias penales por apología al terrorismo”, señaló Amoretti.

Asimismo, el abogado Luis Lamas Puccio indicó que el cadáver está bajo jurisdicción de la Marina de Guerra del Perú y, por lo tanto, esta institución puede tomar la decisión de no entregar los restos a la familia.

DEFENSA

Anoche, Sebastián Chávez, abogado de , ofreció una conferencia de prensa en el Centro de Lima.

En ella dio lectura a un pronunciamiento en el que un grupo de abogados solicita que los restos del terrorista sean entregados a su viuda.

“Exigimos al Gobierno y al ministro de Justicia que defiendan el derecho fundamental al entierro digno”, resaltó uno de los voceros.

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