Titular del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria negó pedido de la Fiscalía de 36 meses de prisión para 20 de los 38 investigados pese a múltiples pruebas de delito, fugas de investigados y obstrucciones a la justicia   (Justicia TV)
Titular del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria negó pedido de la Fiscalía de 36 meses de prisión para 20 de los 38 investigados pese a múltiples pruebas de delito, fugas de investigados y obstrucciones a la justicia (Justicia TV)

Escándalo en la judicatura. El resolvió ayer que veinte presuntos miembros de la que alcanzaría a exfuncionarios del Gobierno Regional de Junín y militantes de Perú Libre, sean investigados en libertad.

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Así lo dispuso la jueza Judy Baldeón Quispe, del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Huancayo, quien rechazó ayer el pedido de 36 meses de prisión preventiva formulado por la Fiscalía por los presuntos delitos organización criminal, cohecho y negociación incompatible.

El incomprensible fallo se da pese a las serias evidencias de la Fiscalía sobre obstrucción a la justicia, peligro de fuga y delitos cometidos, con hallazgos como una maleta con dinero y personajes de la red delictiva en calidad de no habidos.

La solicitud de la Fiscalía había sido realizada contra 20 de los 38 supuestos miembros de esta red.

Durante la audiencia de más de ocho horas, Baldeón Quispe manifestó que los elementos presentados por la Fiscalía no acreditaban que se dicte prisión preventiva.

Por ello, en su lugar impuso comparecencia restringida para los investigados, el pago de una caución de 5 mil soles en el plazo de 5 días hábiles y que se notifique a las comisarías donde se encontraban detenidos algunos imputados para tramitar su liberación.

“Se dispone dictar comparecencia correspondiente y señalar que el pedido de prisión solicitada por el Misterio Publico debe declararse infundada”, expresó Baldeón Quispe.

Asimismo, la jueza estableció -como reglas de conducta- la prohibición de que los procesados se comuniquen entre ellos, no variar de domicilio sin autorización judicial, la obligación de concurrir al juzgado cuando sean requeridos y concurrir cada mes a la Fiscalía para justificar sus actividades.

El Ministerio Público anunció que apelará la resolución judicial en segunda instancia.

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN.  Cabe recordar que el 16 de junio, se autorizó el allanamiento y registro domiciliario con descerraje de nueve inmuebles donde funcionan las oficinas de algunos de los investigados del caso “Los Dinámicos del Centro”.

Según el Ministerio Público, se incautó una maleta con más de 500 mil soles en una de las oficinas de los detenidos.

Incluso, hasta la audiencia de ayer, la Policía Nacional seguía tras los pasos de dos dirigentes de Perú Libre, Arturo Cárdenas Tovar, alias “Burro”, y Eduardo Bendezú Gutarra, alias “Esperancito”, que eran parte de la red dedicada a tramitar licencias de conducir de manera fraudulenta.

Asimismo, se dio cuenta de que la Fiscalía presentó testimonios que apuntaban a un presunto financiamiento de la campaña electoral de Perú Libre mediante estas actividades, que se intensificaron entre 2019 y 2021.

Una de las pruebas obtenidas por la Fiscalía eran comunicaciones de Whatsapp en las que se pedía borrar las comunicaciones del grupo denominado “miembros de mesa” pues podía ser intervenido por el MP.

Pese a todo ello, ayer no alcanzaron los argumentos de la tesis fiscal que señala a los “Dinámicos del Centro” como una organización criminal dentro de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Junín, que habría emitido irregularmente licencias de conducir a cambio de dinero.

Tras dar parte de los alegatos de la defensa legal de los imputados, la jueza procedió a analizar los delitos imputados y manifestó que los elementos aportados por la Fiscalía como escuchas telefónicas, declaraciones de aspirantes a colaboradores, entre otros, dan indicios para investigar, pero no son suficientes para establecer prisión preventiva.

“Si bien esos elementos de convicción revelarían la presunta comisión de ilícito penal que ameritan su investigación, no contiene graves y fuertes elementos de convicción que permiten determinar la sanción más drástica”, indicó.

INCONSISTENCIAS. La titular del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Huancayo sostuvo que respecto al delito de organización criminal, el MP no cumplió con acreditarlo con fuertes elementos de convicción. Ello, al sostener que no se ha identificado “correctamente” a los intermediarios para la tramitación irregular de licencias de conducir y que se debió contemplar las diversas causas que podrían influir sobre la máxima pena a imputar según el principio de proporcionalidad y no solo fijar un periodo de tiempo.

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“De ahí que resulta importante que el MP realice el análisis correspondiente y no de manera genérica como en este requerimiento”, indicó.

Sobre el peligro procesal, la juez manifestó que la Fiscalía no ha cumplido con demostrar la perturbación a la investigación por parte de los acusados.

En ese sentido, la jueza dijo que no se pronunciaría sobre los investigados Eduardo Reyes, Waldys Vilcapoma, Arturo Cárdenas, José Bendezú, Marina Vázquez y Francisco Muedas al no encontrar elementos respecto a organización criminal y negociación incompatible.

“El Ministerio Público solicitó los 15 días de detención preliminar y no ha realizado aquel acto urgente que requirió al solicitarlo y que fueron amparados por esta judicatura, como son reconocimiento de voz, escuchas y transcripción (...). Pese a ello, no ha traído otro documento adicional que refuerce y que contenga elementos de convicción fuertes “, indicó.

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