., casa laboral del fallecido periodista por más de 15 años, por el pago de beneficios laborales. Así lo dictaminó la Corte Suprema de Justicia de Lima mediante una resolución.

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“Declarando FUNDADA EN PARTE la demanda interpuesta por Milagros Llamosas Salas quien representa a sus dos menores hijos Fátima Peredo Llamosas y Daniela Peredo Llamosas, quienes a su vez representan a la sucesión intestada del causante Sr. Daniel Kirino Peredo Menchola en los seguidos con Media Networks Latin América S.A.C”, se lee en la resolución.

Media Networks responde

A través de un comunicado, Media Networks lamentó llegar a estas instancia, sin embargo, se mantiene firme en su respuesta y recalcó que la relación que la empresa tuvo con Daniel Peredo fue de prestación de servicios.

“No tenía subordinación, no cumplía una jornada laboral ni tenía dedicación ni relación de exclusividad con la empresa”, se lee.

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Cabe mencionar que la empresa también alegó que Daniel Peredo era parte de otros programas y canales: “Además, durante su reconocida trayectoria también ejerció el periodismo en otros medios de comunicación, muchas veces de manera simultánea a su participación en nuestros programas y transmisiones”.

Media Networks se pronunció sobre la resolución del Poder Judicial.
Media Networks se pronunció sobre la resolución del Poder Judicial.

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