La carencia del certificado de médico legista, que es fundamental en los casos de violación para fundamentar la culpabilidad o inocencia de un investigado, fue el “talón de Aquiles” de un proceso que terminó favoreciendo al acusado con una sentencia absolutoria.
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Y pese a que la Fiscalía presentó el caso en Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, el resultado fue el mismo debido a la falta del documento en mención.
ACUSADO SE LIBRA DE CÁRCEL
La Fiscalía planteó la acusación en base a la denuncia presentada por la víctima ante el Centro de Emergencia Mujer (CEM) en el año 2019.
La acusación era que, durante el mes de mayo del año en mención, la agraviada (una fémina de 47 años de edad) fue forzada, en tres ocasiones, por su conviviente (quien fue identificado como Rober C. M.) a tener relaciones sexuales cuando ella no quería.
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De acuerdo a la evaluación psicológica que le hizo el CEM, la víctima presentó afectación psicológica.
Ante la denuncia, la Fiscalía presentó el caso ante la Corte de Huancavelica, sin embargo, no contaba con el certificado médico legista que debía acreditar el delito.
Esto debido a que, el médico no se encontraba el día que fueron a realizarle la evaluación médica a la víctima y que, posteriormente, le fue difícil a la Fiscalía ubicar a la víctima.
Por su parte, el abogado alegaba inocencia afirmando que no se cometió el delito.
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Al final, el juzgado de primera instancia emitió una sentencia absolutoria porque las pruebas que presentó la Fiscalía eran insuficientes para acreditar el delito.
Esto fue apelado por el Ministerio Público, pero el resultado fue el mismo ante la Sala de Apelaciones.
Cabe señalar que, en parte, la decisión de los jueces fue debido a la falta del certificado que debía acreditar el delito.
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El 22 de diciembre del 2021 fue emitida la resolución que confirma la sentencia absolutoria.