Freddy A.B.M., obstetra de profesión, pasará por un nuevo juicio oral debido a que la sentencia que lo absolvía fue declarada nula por los jueces de la 2ª Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica.
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Tanto la Fiscalía como el Centro de Emergencia Mujer (CEM) de la provincia de Castrovirreyna apelaron la sentencia de primera instancia.
A NUEVO JUICIO POR UN CASO DE ACTOS CONTRA EL PUDOR
El representante del Ministerio Público plantea la acusación en base a los hechos que, según las víctimas, ocurrió el 21 de junio del 2018.
Estudiantes, que sus edades oscilaban entre los 12 y 13 años, debían recibir atención médica y orientación sobre sus partes íntimas; por lo que, el día antes mencionado, ocho alumnos fueron enviados por su institución educativa hacia el centro de salud de su localidad.
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Ya en el establecimiento de salud, el imputado realizó tocamientos en la zona íntima de los escolares, esto, sin el consentimiento de los menores ni de los padres de familia, quienes tampoco estaban al momento de dicha revisión.
Por su parte la defensa técnica alegaba la inocencia del investigado planteando que el obstetra no cometió el delito imputado y que solo realizó la labor que le encomendaban en sus funciones.
Al final, para el juzgado de Castrovirreyna, el caso no merecía una sentencia condenatoria por lo que absuelve al acusado a través de la resolución N° 20, en la cual también impone al sentenciado una reparación civil de 700 soles para cada agraviado.
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Este resultado fue apelado por la Fiscalía y el CEM, y tras argumentar los motivos por los que deberían anular la sentencia, la 2ª Sala de Apelaciones (conformada por los jueces Jaime Contreras, Carlos Samaniego y Marisol Jaramillo) decidió declarar fundada la apelación y anuló la sentencia de primera instancia. Asimismo, los magistrados remitieron su decisión del caso a la ODECMA para las acciones correspondientes.
Cabe precisar que el CEM apeló como actor civil sobre el tema de la reparación civil planteando que los escolares tuvieron afectación psicológica.
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El 26 de agosto del 2021, es emitida la resolución N° 25 por la 2ª Sala de Apelaciones de Huancavelica.