La Contraloría General de la República identificó una presunta vulneración al deber de neutralidad por parte del regidor Juan Carlos Vera Salazar, actual teniente alcalde de la Municipalidad Distrital de Vista Alegre, en la provincia de Nasca.
Propaganda indebida
De acuerdo con el informe, el funcionario viene promoviendo su precandidatura a la alcaldía distrital para las Elecciones Municipales 2026 por la organización política Renovación Popular. Esta situación fue advertida a partir de un documento presentado el 17 de marzo de 2026, así como de la revisión de sus redes sociales y otros medios de difusión local.
Entre los principales hechos observados, se detalla que Vera Salazar participó en actividades sociales de entrega de alimentos y bienes a la población, donde se utilizaron elementos con simbología partidaria, como gorras, sacos y bolsas de color celeste con la letra “R”, distintivo de Renovación Popular. Estas acciones habrían sido realizadas en contextos que aparentan ser institucionales.
Asimismo, la Contraloría evidenció que dichas actividades fueron difundidas en la página oficial de Facebook del propio regidor y en medios locales, donde es presentado mayoritariamente como precandidato. Este tipo de exposición, según el órgano de control, refuerza la percepción de una campaña política anticipada aprovechando su condición de autoridad en funciones.
El informe también advierte la presencia de propaganda política directa e indirecta, como pintas en fachadas y mobiliario urbano con la frase “Carlos Vera Alcalde 2026”, acompañadas del símbolo del partido. Estas acciones evidenciarían una estrategia de posicionamiento político en espacios públicos durante el periodo electoral vigente.
La Contraloría sostiene que el funcionario estaría utilizando la exposición pública que le otorga su cargo de teniente alcalde para posicionar su imagen política, aprovechando actividades que se presentan bajo la apariencia de gestión social. Este comportamiento podría constituir una infracción al principio de neutralidad exigido a todos los servidores públicos.
En ese sentido, se recordó que la Ley del Código de Ética de la Función Pública prohíbe expresamente realizar proselitismo político utilizando el cargo o recursos del Estado. Asimismo, el Reglamento sobre Neutralidad en Periodo Electoral establece que ninguna autoridad puede hacer propaganda a favor de una organización política durante el ejercicio de sus funciones.
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