El Ministerio de Cultura determinó la protección provisional del La Venturosa, ubicado en la provincia de Pisco, por el plazo de dos años, por encontrarse expuesto a posibles que alteran o destruyen el sitio, y ponen en riesgo el Patrimonio Cultural.

A través de la Resolución Directoral N° 000071-2022 se indica que el Sitio Arqueológico La Venturosa, se encuentra expuesto a posibles afectaciones por parte de agentes antrópicos, que no cuentan con los permisos correspondientes emitidos por el Ministerio de Cultura.

Protección provisional

Según el Informe Técnico de Viabilidad de la Determinación de la Protección Provisional del Bien Inmueble Prehispánico, el especialista de la Dirección Desconcentrada de Cultura Ica, sustenta la propuesta de protección provisional del Sitio Arqueológico La Venturosa; especificando que dicho monumento arqueológico prehispánico viene siendo objeto de afectación verificada de “Remoción del terreno con maquinaria pesada para la habilitación de un camino de acceso a áreas de cultivo, en el lado norte del bien cultural”.

Dentro de las medidas preventivas que se adoptaron, en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura (DDC) de Ica, se procederá a la paralización o cese de cualquier actividad que involucre la destrucción, remoción y alteración del paisaje arqueológico, en el polígono donde se encuentra ubicado el sitio arqueológico.

Asimismo, se deberá coordinar el apuntalamiento sobre los muros expuestos del lado norte del bien cultural con la finalidad de salvaguardar el Patrimonio Cultural de la Nación. Además, se procederá a la instalación de paneles e hitos señalización en el sitio.

La protección provisional del Sitio Arqueológico La Venturosa tendrá un plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo de tiempo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios; en cuyo caso, el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien será de tres años calendario.

La Dirección Desconcentrada de Cultura de Ica, tendrá a su cargo la determinación y ejecución de las medidas indicadas en la presente resolución. Así como también, encargar a la dirección de catastro y saneamiento fisco legal, el inicio de la delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección.