El regidor Jorge Tam no estampa su rúbrica en acta de sesión de concejo, por lo que abogado Fernando Calderón no puede apelar ante el JNE.
El regidor Jorge Tam no estampa su rúbrica en acta de sesión de concejo, por lo que abogado Fernando Calderón no puede apelar ante el JNE.

La sola firma de un regidor estaría retrasando el proceso para la decisión final que tiene que tomar el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para vacar o no al suspendido alcalde de (MPT), Arturo Fernández Bazán, quien actualmente está prófugo de la justicia.

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LOS HECHOS

Como se informó, el pasado 9 de agosto, el pleno del Concejo de la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT) declaró infundado el recurso de reconsideración que presentó el abogado Fernando Calderón Burgos al Acuerdo de Concejo N° 087-2024, que rechazó la solicitud de vacancia contra el suspendido burgomaestre.

Sin embargo, a pesar de los días transcurridos, el letrado todavía no ha sido notificado del acta de dicha sesión de concejo.

Dicho documento es determinante dentro del expediente de apelación que se debe presentar ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), a fin de que los máximos representantes de este órgano electoral resuelvan de manera definitiva el futuro de Fernández en la MPT.


¿QUÉ HA SUCEDIDO?

De acuerdo con el propio Fernando Calderón, el acta que se elaboró el 9 de agosto no tiene la firma del regidor Jorge Tam Chávez y por ese motivo aún no pueden notificarlo.

Correo trató de comunicarse con el regidor, pero no respondió a las llamadas ni mensajes que le dejamos.


PEDIDO REITERADO

Quien sí se ha pronunciado sobre este tema, ha sido el alcalde de la MPT, Mario Reyna Rodríguez. La autoridad se mostró contrariada por el proceder del concejal.

“Sé que el secretario general de la MPT le ha requerido en reiteradas oportunidades que vaya a firmar, pero no acude. Solo queda esperar”, señaló.


PLAZOS

Una vez que se le notifique oficialmente a Fernando Calderón con el acta de la referida sesión, tiene 15 días para presentar la apelación ante el JNE.

Ahora bien, una vez que reciba la apelación, el órgano electoral tiene 30 días de plazo para resolver si declara fundada o rechaza la solicitud de vacancia de Arturo Fernández.

La causal que motivaría la vacancia del suspendido alcalde es la sentencia por difamación agravada que recibió tras ser denunciado por la policía Nataly Rojas.

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