Oficina Regional Norte Chiclayo observada por la Contraloría.
Oficina Regional Norte Chiclayo observada por la Contraloría.

La Oficina Regional Norte Chiclayo del (INPE) presentó deficiencias en el control de las raciones alimenticias destinadas a la población penitenciaria y a su personal durante el período de evaluación comprendido entre el 1 de febrero de 2023 y el 31 de enero de 2024. Las observaciones también alcanzan a los alimentos proporcionados a los niños que conviven con sus madres en el Establecimiento Penitenciario de , evidenciando fallas en los mecanismos de supervisión y control.

Resultado

La mediante una intervención plasmada en el Informe de Acción Posterior N.º 008 - 2026, de 10 de julio de 2026, evidenció incumplimientos en el control de alimentos, porque no se advirtieron oportunamente variaciones no autorizadas en los menús.

Asimismo, se corroboraron cambios en el personal propuesto como nutricionista, cocinero, representante, almacenero, ayudante de cocina y personal de limpieza, los cuales no fueron comunicados al área de Logística, para la autorización y evaluación del cumplimiento del perfil profesional.

Estos dos hechos ponen de manifiesto que las condiciones contractuales no habrían sido respetadas por el INPE y el contratista.

Por ello, el ente de control dirigió al oficio N°00262-2026 al Consejo Nacional Penitenciario para que se adopten las acciones que correspondan, en el ámbito de sus competencias, a fin de atender o superar los hechos con indicio de irregularidad como resultado de la Acción de Oficio Posterior N°008-2026, y de ser el caso, disponer el deslinde de las responsabilidades que correspondan.

Sin supervisión

El informe detalla que si el INPE aprobó un menú consistente en chufla más tres panes con jamonada (desayuno); menestra, arroz, gallina guisada, ensalada, refresco y fruta (almuerzo) y sopa de fideos con verdura y menudencia (cena). En la variación final quedó chufla más tres panes con mortadela (desayuno); arroz con gallina mechada y menestra (almuerzo) e infusión con pan (cena).

Las distintas actas de supervisión muestran estos cambios, los cuales no tuvieron autorización, y que parecerían haber tenido como objetivo el ahorro de costos. ¿Esto último a quién beneficio realmente?

Durante la ejecución del contrato N°003, se observó que en 359 días hubo variación de menús para los internos, en 89 días hubo variación de menús de dieta y en 347 días hubo variación de menús para el Personal de Seguridad que labora 24X48 horas. Estas cifras evidencian el incumplimiento de las estipulaciones contractuales por parte del proveedor del servicio alimentario. Además, esta situación no fue detectada por la supervisión diaria que debía efectuar el Equipo de Control de Alimentos, integrado por la Dirección, Administración y Nutrición.

Si en las actas de supervisión se hubieran registrado los incumplimientos por variación injustificada del menú (no permiso ni autorización), esto habría permitido la aplicación de las penalidades correspondientes.

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