Derrama Magisterial
Derrama Magisterial

La bancada de presentó un proyecto de ley que busca derogar el Decreto Supremo 009-2022- Minedu, que modifica el estatuto de la , el que fue aprobado por el presidente de la República, .

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Cabe destacar que esta iniciativa ha sido criticada por la Confiep, otros gremios empresariales, así como diversas bancadas del Parlamento.

“Dejar sin efecto el Decreto Supremo 009-2022-Minedu publicado el 8 de julio del presente año, norma que modifica ilegalmente el estatuto de la Derrama Magisterial , aprobado mediante Decreto Supremo 021-88 , publicado el 13 de septiembre de 1988″, se indica en el objetivo del proyecto de ley.

En la exposicion de motivo se indica que la Derrama Magisterial no es una persona o entidad de derecho público que “pueda ser regulada, modificada o intervenida” por leyes de la República o normas de rango infralegal.

“Se trata de una persona jurídica privada que, por tanto, se rige por su propio estatuto y las propias decisiones de sus miembros y de sus órganos de gestión y administración”, se afirma en la iniciativa.

También se alega que el Ministerio de Educación es el órgano que aprueba las modificaciones o precisiones que se realicen en el estatuto, pero que son propuestas por la Derrama Magisterial .

“En ninguna parte del estatuto o norma legal alguna se indica o precisa que sea función del Ministerio de Educación modificar los estatutos”, se explica.

Cabe resaltar que los cuestionamientos al decreto firmado por Castillo es que se buscaría que el gremio de profesores administre la Derrama Magisterial, la cual es una institución de Seguridad Social Privada, perteneciente a los maestros que trabajan en las instituciones educativas del Estado.

Su principal función es administrar con transparencia los aportes mensuales de los asociados (profesores de colegios) para que, al término de su vida laboral, cuenten con un fondo de retiro rentable.

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