Señala que Ley Orgánica de Elecciones se refiere a miembros en general y no a altos funcionarios
Señala que Ley Orgánica de Elecciones se refiere a miembros en general y no a altos funcionarios

El exministro y constitucionalista consideró que los impedimentos para postular a la presidencia y vicepresidencia establecidos en el artículo 107 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE) comprenden a funcionarios que integran los organismos del Sistema Electoral y no hace distinciones por jerarquías.

Así respondió el jurista al ser consultado por la inscripción de la fórmula presidencial de Perú Libre, en la que figura , quien pidió licencia de un mes a su cargo como funcionaria del Reniec para participar del proceso electoral.

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“La norma hace referencia genérica a miembros. Ese es un primer elemento. Un segundo elemento respecto a entidades vinculadas al sistema electoral, en que los miembros tienen algún grado de accesibilidad a información de alguna manera privilegiada (...). En salvaguarda de la transparencia e igualdad de participación en la competencia electoral, entiendo que esa regla le alcanza a la señora ”, dijo en diálogo con Correo.

Sin embargo, García Toma precisó que, si el resolvió que las restricciones referidas atañen a “altos funcionarios”, si bien se puede discrepar de la interpretación, se debe acatar lo dispuesto por el organismo oficial.

“Se puede criticar la interpretación del Jurado por supuesto que sí, pero no se puede desconocer la validez jurídica de esa decisión. Por mandato de ley, ellos son los que interpretan”, recalcó.

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Por su parte, el experto en derecho electoral José Tello sostuvo que dado que Boluarte es funcionaria de rango medio, no está comprendida en los impedimentos para altos cargos según la ley.

Recalcó que el tema para los servidores públicos es desarrollado en otros reglamentos electorales.

De igual modo, José Manuel Villalobos, director ejecutivo del Instituto Peruano de Derecho Electoral, precisó que el periodo de tachas contra una fórmula presidencial ya se agotó en el calendario del JNE y que “pasada una etapa no se puede volver”.

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