La situación legal del saliente ministro de Salud, Jorge López Peña, se complicaría al estar involucrado en el llamado ‘pitufeo’ tras indicar a diversos funcionarios del Minsa que depositen S/98 mil a la madre de sus hijos, Dervy Apaza Meza, dinero que sirvió para que ella adquiera un departamento de estreno en Jesús María. Por estos hechos, según el penalista Hugo Mendoza Malpartida, podría ser acusado de graves delitos y pasar hasta 15 años en prisión.
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De acuerdo al análisis del especialista, existen dos supuestos en el caso del extitular de salud: uno de ellos es que el dinero sea producto de los caudales del Estado, es decir, del Ministerio de Salud y que le haya sido entregado en razón a su cargo como titular de la entidad.
“Al materializarse este supuesto, estamos ante la posible configuración del delito de peculado, sin embargo, este contempla como circunstancia agravante, que el monto apropiado sea superior a 10 UIT, como se presenta en el caso, lo que podría devenir en una pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de quince años, conforme al artículo 387 del Código Penal”, sostuvo en diálogo con Correo.
El segundo supuesto para Mendoza es que el dinero sea de la propiedad de López, tal como aseveró anoche el exministro, pero que debería demostrarse el origen lícito. De lo contrario, podrá ser investigado por la presunta comisión del delito de enriquecimiento ilícito debido a su cargo como funcionario público.
“No obstante, debido a su alto cargo, este se configura como agravante del delito, teniendo una pena de privativa de libertad será no menor de diez ni mayor de quince años, de acuerdo a lo establecido en el artículo 401 del Código Penal”, detalló.
Asimismo, Mendoza Malpartida sostuvo que la conducta de depósito en pequeñas cantidades empleando a diferentes personas y realizados en múltiples agentes “materializa la conducta conocida coloquialmente como ‘pitufeo’, que se trata del delito de lavado de activos”.
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“Esta modalidad delictiva, se materializa cuando el agende del delito, transfiere el dinero cuyo origen es de naturaleza ilícita que conoce o debía presumir, con el único objetivo d evitar la identificación de su contenido ilegal, al acreditarse esta conducta, podrá tener una pena privativa de la libertad no menor de ocho ni mayor de quince años”, explicó.
En otro momento, Mendoza acotó que no debe dejarse de lado a las personas involucradas en la realización de este hecho punible, que, en razón a su cargo y grado de intervención, podrían ser investigados e imputados por estos delitos.
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