El nuevo reglamento modifica 28 artículos del reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo . Fotos: Alessandro Currarino / @photo.gec
El nuevo reglamento modifica 28 artículos del reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo . Fotos: Alessandro Currarino / @photo.gec

El decreto supremo que modifica el Reglamento de la que se publicó el domingo, no solo favorece las huelgas y alienta la sindicalización, sino que también sería una norma ilegal e inconstitucional, advirtieron especialistas a diario Correo.

LEGALIDAD

Una de las modificaciones del documento dispone que, si no existe un pronunciamiento del (MTPE) en tres días hábiles, se considera como un “silencio administrativo positivo” y se permite la huelga.

Al respecto, el abogado laboralista Ricardo Herrera consideró que el plazo es muy breve para que el MTPE determine la procedencia de la huelga, así como su legalidad.

“Puede que el MTPE no tenga la capacidad para pronunciarse y se tenga aceptado una huelga pese a las ilegalidades en las que pudiera haber incurrido a un sindicato. Esto podría llevar a la impunidad en el ejercicio del derecho constitucional a la huelga”, señaló el abogado.

Para el experto, el nuevo reglamento colisiona con la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo al añadir la figura del silencio administrativo positivo.

“El reglamento va más allá de lo que dice la ley, por esa razón, el reglamento es ilegal”, sostuvo.

Cabe precisar que laestablece que la huelga debe ser comunicada al empleador y al MTPE por lo menos con cinco días útiles de antelación y 10 si se tratan de servicios públicos esenciales.

Por lo que advirtió que esto podría generar las empresas interpongan recursos de amparo ante el Poder Judicial a fin de determinar en las ilegalidades en las que estaría recurriendo el reglamento.

La Ley de Relaciones Colectivas establece que la huelga debe ser comunicada al empleador y al MTPE por lo menos con cinco días útiles de antelación y 10 si se tratan de servicios públicos esenciales.
La Ley de Relaciones Colectivas establece que la huelga debe ser comunicada al empleador y al MTPE por lo menos con cinco días útiles de antelación y 10 si se tratan de servicios públicos esenciales.

RESOLVER CONFLICTOS

Otro aspecto de la norma tiene que ver con el arbitraje potestativo, una figura que utilizan las empresas para resolver conflictos con los sindicatos, sin embargo, el nuevo texto precisa que solo podrá ser interpuesto por los trabajadores.

“Según la ley cualquiera de las partes puede emplazar a otra a resolver el conflicto, pero este reglamento está yendo en contra de lo que dice la ley”, afirmó Herrera.

Agregó que el arbitraje tiene rango constitucional, pues la Constitución no restringe quién puede o no pedir el arbitraje: “Que lo haga el reglamento me parce ilegal”.

Percy Alache, socio de Servicio Laborales de PwC Perú, resaltó que el arbitraje siempre ha sido una medida que ha permitido resolver conflictos, pero con las nuevas reglas solo podrá ser activado por los trabajadores.

“Eso tiene un problema de legalidad porque le estaría restando a las empresas un mecanismo de solución de conflictos que está expedito en la Constitución. Ahí las empresas se quedan con manos atadas para optar por dicho mecanismo”, apuntó.

Percy Alache, socio de Servicio Laborales de PwC Perú, resaltó que el arbitraje siempre ha sido una medida que ha permitido resolver conflictos,
Percy Alache, socio de Servicio Laborales de PwC Perú, resaltó que el arbitraje siempre ha sido una medida que ha permitido resolver conflictos,

MÁS HUELGAS

Por otro lado, los laboralistas advirtieron de paralizaciones en las principales industrias en el país debido a la facilidad para formar sindicatos.

“Si bien es cierto no hay una alta tasa de sindicalización en el Perú, los sindicatos que activan huelgas agrupan a una masa importante de trabajadores”, señaló Herrera.

En ese sentido, recordó las huelgas de trabajadores que paralizaron operaciones en el sector minero como Southern o Yanacocha, la que provocó la suspensión de vuelos y la huelga del sindicato de Costeño en el sector arrocero.

Los 205 gremios, cámaras, asociaciones y conglomerados que integran el bloque denominado “Empresarios Unidos por el Perú” emitieron un pronunciamiento en rechazo al reglamento.

“El decreto tiene un alto impacto sobre el aparato productivo del País. Va a generar una serie de efectos colaterales sobre la generación de empleo, la provisión de servicios a la población, la contaminación ambiental, entre ellos”, señalaron.

Agregaron que el decreto vulnera el equilibrio de las relaciones colectivas entre empleadores y trabajadores con graves consecuencias para las inversiones.

Una de las huelgas más recordadas de este año es la de controladores aéreos, que provocó la pérdida de vuelos. | Foto: Melissa Valdivia / El Comercio
Una de las huelgas más recordadas de este año es la de controladores aéreos, que provocó la pérdida de vuelos. | Foto: Melissa Valdivia / El Comercio