El próximo lunes 29 de junio será feriado nacional en todo el Perú por la festividad de San Pedro y San Pablo, una de las celebraciones religiosas más importantes del calendario católico y que además coincide con el Día del Pescador.
Al caer en lunes, la fecha permitirá que miles de trabajadores, estudiantes y familias que descansan habitualmente los sábados y domingos disfruten de tres días consecutivos de descanso, generando en la práctica un nuevo fin de semana largo.
La jornada representa una oportunidad para realizar viajes, actividades recreativas, reuniones familiares o simplemente hacer una pausa en las actividades cotidianas.
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¿Qué se celebra el 29 de junio?
La solemnidad de San Pedro y San Pablo conmemora a dos de las principales figuras del cristianismo.
En Perú, esta fecha también está vinculada al Día del Pescador, una celebración especialmente significativa en las localidades costeras, donde se realizan actividades religiosas, procesiones y homenajes a quienes trabajan en el sector pesquero.
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Derechos laborales durante el feriado
Los feriados nacionales están regulados por el artículo 6 del Decreto Legislativo N.° 713.
Durante estas fechas, los trabajadores tienen derecho a descanso remunerado sin que ello afecte sus ingresos habituales.
Quienes laboren durante el feriado y no reciban un descanso sustitutorio deberán percibir una remuneración adicional conforme a la legislación vigente.
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¿Cuánto deben pagar si trabajas el feriado?
Si un trabajador presta servicios durante un feriado nacional sin descanso compensatorio posterior, le corresponde recibir:
- El pago correspondiente al feriado.
- La remuneración por el trabajo realizado.
- Una sobretasa equivalente al 100 % de la remuneración diaria.
La falta de este pago constituye una infracción muy grave para el empleador y puede generar sanciones económicas que varían según el tamaño de la empresa.
Diferencias entre feriado y día no laborable
Los feriados son fechas establecidas por ley y su cumplimiento es obligatorio tanto para entidades públicas como privadas.
Los días no laborables, en cambio, son decretados excepcionalmente por el Poder Ejecutivo y generalmente se aplican al sector público.
Además, mientras los feriados no requieren recuperación de horas, los días no laborables sí deben ser compensados posteriormente conforme a los mecanismos establecidos por cada entidad o empresa.
¿Habrá días no laborables adicionales?
El Poder Ejecutivo puede establecer días no laborables durante el año con la finalidad de unirlos a feriados nacionales y generar periodos más extensos de descanso.
En esos casos, los trabajadores del sector público suelen acogerse automáticamente a la medida, mientras que en el sector privado su aplicación depende de un acuerdo entre empleadores y trabajadores.
Feriados que restan en el 2026
Julio
- Jueves 23 de julio: Día de la Fuerza Aérea del Perú.
- Martes 28 de julio: Fiestas Patrias.
- Miércoles 29 de julio: Fiestas Patrias.
Agosto
- Jueves 6 de agosto: Batalla de Junín.
- Domingo 30 de agosto: Santa Rosa de Lima.
Octubre
- Jueves 8 de octubre: Combate de Angamos.
Noviembre
- Domingo 1 de noviembre: Día de Todos los Santos.
Diciembre
- Martes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción.
- Miércoles 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho.
- Viernes 25 de diciembre: Navidad.





