El Gobierno oficializó la creación de la Superintendencia Nacional de Internamiento y Resocialización, que asumirá la conducción del sistema penitenciario y de los programas de reinserción social en el país, en reemplazo del actual modelo institucional.
La decisión fue formalizada a través del Decreto Legislativo N.° 1710, publicado en el Diario Oficial El Peruano, como parte del proceso de reforma del sector Justicia.
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¿Qué cambia con la Sunir?
Con la entrada en vigencia de la norma, la Sunir se convierte en el ente rector del sistema nacional especializado de internamiento y reinserción social, concentrando funciones que hasta ahora estaban distribuidas en distintas entidades.
Según el decreto, el objetivo central de esta reforma es corregir las debilidades estructurales que han permitido la corrupción, la infiltración del crimen organizado y la violencia dentro de los centros penitenciarios y juveniles.
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Adscripción y autonomía institucional
La Sunir funcionará como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con autonomía administrativa, funcional y financiera, además de contar con pliego presupuestal propio.
Esta nueva estructura busca fortalecer la capacidad operativa del Estado para ejercer control efectivo, garantizar la seguridad interna y mejorar los procesos de resocialización de internos y adolescentes en conflicto con la ley penal.
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Fusión de entidades penitenciarias y juveniles
El decreto dispone la fusión por absorción de tres instituciones a la Sunir, que pasará a ser la entidad absorbente:
- Instituto Nacional Penitenciario
- Programa Nacional de Centros Juveniles
- Programa Nacional para la Prevención y Reinserción Social
Con esta medida, el Estado centraliza en una sola entidad la administración penitenciaria y los programas de prevención y reinserción social.
Comisión de transferencia y plazos
La norma establece que el Minjusdh deberá conformar, en un plazo máximo de 10 días hábiles, una Comisión de Transferencia, encargada de ejecutar el proceso de fusión.
Dicha comisión tendrá a su cargo la transferencia de bienes, personal, recursos financieros, archivos, contratos, derechos y obligaciones. El proceso deberá concluir en un plazo de 90 días hábiles, con opción a una prórroga única de hasta 30 días calendario.
El Decreto Legislativo N.° 1710 cuenta con la firma del presidente de la República, José Jerí; del presidente del Consejo de Ministros, Ernesto Álvarez; y del ministro de Justicia y Derechos Humanos, Walter Martínez.





