El Colegio de Abogados de Lima (CAL) rechazó la decisión del Tribunal Constitucional que mantuvo vigente la Ley 32107, norma que permite la prescripción de crímenes de lesa humanidad y de guerra cometidos antes de 2002.

El gremio recordó que, conforme a los tratados internacionales ratificados por el Perú, estos delitos son imprescriptibles y deben investigarse sin limitaciones temporales, por tratarse de normas de carácter imperativo.

Como se sabe, el TC declaró infundadas las dos demandas de inconstitucionalidad interpuestas por el CAL y el Ministerio Público. La falta de votos suficientes impidió anular la ley, con lo que se mantiene la aplicación del Estatuto de Roma solo para hechos posteriores al 1 de julio de 2002, mientras que los casos previos quedan sujetos a los plazos de prescripción del Código Penal de 1991. El CAL coincidió con los magistrados disidentes que consideraron que la imprescriptibilidad debía aplicarse retroactivamente.

El gremio advirtió que la norma puede generar espacios de impunidad y pidió al Estado garantizar que los procesos penales en curso se desarrollen con pleno respeto al debido proceso.

Asimismo, instó al Congreso a revisar la legislación penal para ajustarla a los estándares internacionales de derechos humanos, subrayando el impacto que la vigencia de la ley podría tener en la justicia para víctimas de violaciones graves.

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