(Foto: Andina)
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La congresista Heidy Juárez () presentó un que tiene como objetivo que se exonera el requisito de presentar en los puntos de votación de las Elecciones 222, así como comicios internos de los partidos políticos. La iniciativa también plantea que no haya restricciones al momento de ingresar a establecimientos de salud.

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“La presente ley tiene por objeto establecer la exoneración de la obligación de presentar el , como requisito para acceder a los establecimientos de salud, boticas, farmacias y eventos de elecciones organizadas y supervisadas por el Jurado Nacional de Elecciones y la Oficina Nacional de Procesos Electorales de acuerdo a sus competencias”, se indica en el

¿Cuáles son los argumentos?

De acuerdo a la exposición de motivos de se alega que si bien la pandemia producida por la Covid-19 no ha culminado, nos encontramos en una etapa donde los índices de contagio, hospitalización y mortalidad por causa de la misma han disminuido drásticamente, por ello, algunas restricciones   tienen que ser revisadas a fin de que se puedan garantizar otros derechos que podrían de alguna manera verse limitados o vulnerados.

“Con relación a las elecciones supervisadas por el y la de acuerdo a sus competencias, en el contexto político que se encuentra  nuestro país, donde suele ponerse en duda la legitimidad de las autoridades elegidas, es una obligación como parte de uno de los poderes del Estado garantizar el acceso al ejercicio del derecho a elegir y ser elegido, a fin de  que la población pueda elegir a sus representantes, ello sin mayor restricción que las ya establecidas por ley, de forma tal que se pueda mantener los estándares de representatividad y legitimidad que una verdadera democracia exige”, se indica en los argumentos.

Asimismo, se indica que la exigencia del , en el estado actual con el progreso  logrado en la lucha para controlar el avance de la pandemia, resulta una medida restrictiva para ciertos derechos por lo que si hacemos un test de proporcionalidad, “esta exigencia debe flexibilizarse a fin de que no termine colisionando con otros derechos protegidos por la Constitución” y que son  objetivos prioritarios de las políticas públicas en un Estado democrático de derecho para  fortalecer los sistemas de salud y sus sistemas democráticos.

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“Con respecto a la salud, terminaría siendo un despropósito exigir el carné de vacunación, aduciendo que es por un tema de protección de la misma, sí, justamente ello implicaría que se restrinja el acceso a un servicio de salud o a un establecimiento donde pueda adquirir medicamentos, por ello dadas las condiciones actuales, resulta pertinente que en estos locales no se exija la presentación del carné de vacunación, ahora bien, de darse el caso que el establecimiento de salud, la botica o la farmacia, se encuentre ubicada al interior de un centro comercial, dicha exoneración no aplicaría para el ingreso principal al centro comercial, por cuanto esto podría generar uso inadecuado de la exoneración planteada en la presente norma”, se detalla.

En los argumentos se acota que en Latinoamérica la discusión no ha sido menos compleja, teniéndose países que han anulado por completo la exigencia del carné de vacunación como el caso de Bolivia. “Hasta países como Brasil donde pronunciamientos judiciales han logrado que en algunos estados se exonere de la obligación de presentar el carné de vacunación, mientras que en otros aún está vigente dicha medida”, se precisa.

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