El Poder Legislativo actuó, como en pocas oportunidades, en sintonía con los pedidos de la ciudadanía en materia de justicia y seguridad.
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Así quedó demostrado ayer, sábado, con la publicación de la Ley N° 32242 que dispone la destitución automática y permanente inhabilitación de directores, profesores, auxiliares y personal administrativo de instituciones educativas -públicas y privadas- que sean condenados por delitos graves.
Asimismo, impide de manera permanente su ingreso a la Carrera Pública Magisterial.
El dispositivo se refiere a las condenas por delitos doloso relacionados con crímenes contra la libertad sexual, terrorismo, tráfico ilícito de drogas y otros graves estipulados en el Código Penal.
El dispositivo, además, refuerza las medidas disciplinarias para docentes que incurran en actos de violencia o maltrato hacia los estudiantes, hostigamiento sexual, inasistencia injustificada, y otras conductas que vulneren los derechos fundamentales dentro del ámbito educativo.
La destitución será de oficio y no requerirá proceso administrativo para aquellos acusados que hayan sido condenados por los delitos mencionados.
Como se sabe, denuncias periodísticas expusieron que muchos de estos educadores continúan ejerciendo sus labores en las escuelas.
Modificación
Ley N° 32242, modifica el artículo 49 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y dispone los alcances señalados.
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