El congresista Juan Burgos presentó un proyecto de ley que tiene como objetivo que se otorgue licencia con goce de haber hasta por dos años a los servidores públicos que padezcan enfermedades malignas, terminales y/o irrecuperables “debidamente diagnosticadas”.

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Los beneficiados serán los trabajadores del Estado que se encuentren en los regímenes labores del Decreto Legislativo 276, 728 y 105.

Para dicho fin se busca modificar el artículo 110 del Decreto Supremo 05-90-PCM, el Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa, Decreto Legislativo 276, así como la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público.

“Las licencias a que tienen derecho los funcionarios y servidores son (…) con goce de remuneraciones: Por enfermedad. En caso de enfermedades malignas, terminales y/o irrecuperables debidamente diagnosticadas, la licencia será hasta por dos años”, se precisa.

Se agrega que la adecuación lo realizará El Poder Ejecutivo a través de una reglamentación en un plazo máximo de 30 días calendario contados a partir de su publicación en el diario oficial El Peruano.

En la exposición de motivos se detalla que la situación problemática es que, durante años, existía una norma que reconocía el derecho de licencia con goce de haber hasta por dos años para determinadas enfermedades, pero fue derogada por otra norma que recorta dichos derechos.

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“Hay que recordar que en el ámbito laboral existe el denominado principio protector, que al igual que otros principios laborales, pretende nivelar las desigualdades existentes en una relación laboral”, se indica.

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