La Comisión de Constitución del Congreso aprobó el predictamen que modifica la Ley Orgánica de Elecciones para garantizar el voto de las personas privadas de su libertad procesadas sin sentencia firme y ampliar el horario de la jornada electoral.
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“Las personas privadas de su libertad procesadas sin sentencia condenatoria firme votan en los establecimientos penitenciarios, a través del mecanismo especial dispuesto por ley”, se acota en el documento que modificar el artículo 65 de la citada norma electoral.
En esa línea, se indica que ejercerán su derecho al voto “en el respectivo centro penitenciario”, el cual se instalarán mesas de sufragio previa coordinación con el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) con la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). “Se habilita designar a los funcionarios del centro penitenciario como miembros de mesa para recibir el voto de los electores”, se acota.
“Para el ejercicio del derecho al voto de los ciudadanos que se encuentre privados de su libertad sin sentencia condenatoria firme, se debe presentar el Documento Nacional de Identidad los miembros de mesa no deben admitir otra documentación.
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Asimismo, respecto al artículo 239, se indica que las mesas de votación deben instalarse desde las siete de la mañana hasta las cinco de la tarde. Los miembros de mesa estarán desde las seis de la mañana.
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