La CAN emitió un dictamen en el que emplaza al país a adecuar la normativa nacional a la Disposición 774 y que se abstenga de obstaculizar la formalización minera.
La CAN emitió un dictamen en el que emplaza al país a adecuar la normativa nacional a la Disposición 774 y que se abstenga de obstaculizar la formalización minera.

La Comunidad Andina (CAN) declaró que el Estado peruano incumplió las obligaciones que asumió con la Decisión 774, referida a la Política Andina de Lucha contra la Minería Ilegal, y ordenó una serie de medidas para corregir esta situación.

El proceso se inició a raíz de un reclamo presentado por la Coordinadora Nacional de Comunidades del Nanay y siete ciudadanos de la región Loreto, quienes denunciaron que el Perú no ha implementado las normas andinas destinadas a combatir la minería ilegal e impedir el ingreso irregular de maquinaria pesada a zonas de la Amazonía.

Los demandantes adujeron que el Estado, en lugar de aplicar políticas que enfrentan esta actividad ilegal, facilitó la continuidad del daño ambiental en la cuenca del Nanay.

PENDIENTES

La Secretaría General de la CAN, mediante el Dictamen 007-2025 publicado ayer en la Gaceta Oficial N-°5697, determinó que “el Perú ha incurrido en incumplimiento del numeral 6 del artículo 5 de la Decisión 774, al no adoptar las medidas necesarias para garantizar la prevención y control de la minería ilegal, con el objeto de fortalecer e implementar los mecanismos de extinción del derecho de dominio sobre los instrumentos y productos de las actividades de minería ilegal, lavado de activos y delitos conexos; y que, mediante las sucesivas ampliaciones del plazo del proceso de formalización minera integral, ha incurrido en incumplimiento del artículo 4 del Tratado de Creación de la Comunidad Andina”.

La CAN exigió al Perú ajustar su marco legal a la normativa comunitaria “conforme con lo establecido en el numeral 6 del artículo 5 de la Decisión 774-Política Andina de Lucha contra la Minería Ilegal” y que se abstenga “de adoptar medidas que obstaculicen la formalización o regularización de la minería en pequeña escala, artesanal o tradicional, para garantizar la prevención y control de la minería ilegal”.

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