El Ejecutivo dispuso extender por 30 días calendario el estado de emergencia en Lima Metropolitana y el Callao, con el objetivo de reforzar las acciones frente a la delincuencia y hechos de violencia.
La decisión fue formalizada mediante el Decreto Supremo N° 044-2026-PCM, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Durante este periodo, la Policía Nacional del Perú asumirá el control del orden interno, con respaldo de las Fuerzas Armadas en zonas definidas a partir de información de inteligencia y análisis delictivo.
En el marco de esta prórroga, se aplicará lo señalado en el numeral 1 del artículo 137 de la Constitución, lo que implica la restricción o suspensión de derechos vinculados a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito, reunión y seguridad personal.
Asimismo, los eventos públicos masivos, sean de carácter religioso, cultural o deportivo, deberán contar con autorización previa de las autoridades competentes, mientras que las actividades no masivas podrán realizarse sin este requisito.
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