Un decreto legislativo faculta al sector a adoptar medidas excepcionales para garantizar la continuidad y seguridad del servicio a nivel nacional. Fotos: Violeta Ayasta/@photo.gec
Un decreto legislativo faculta al sector a adoptar medidas excepcionales para garantizar la continuidad y seguridad del servicio a nivel nacional. Fotos: Violeta Ayasta/@photo.gec

El Gobierno autorizó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) a declarar en emergencia el servicio público de transporte cuando se presenten daños, peligro inminente u otras situaciones que afecten gravemente su continuidad.

La medida busca asegurar la protección de los usuarios y permitir una respuesta inmediata frente a escenarios críticos.

La disposición está contenida en el Decreto Legislativo Nº 1704, publicado en el boletín de las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, que establece un marco normativo permanente para que el MTC adopte acciones extraordinarias ante emergencias que impacten la infraestructura vial, portuaria, aeroportuaria, ferroviaria y de hidrovías en todo el país.

Cabe mencionar que la norma faculta al titular del sector a emitir la declaratoria mediante resolución ministerial.

Según el decreto, la emergencia podrá ser declarada cuando existan daños o riesgos que comprometan el servicio, con una vigencia de hasta 180 días calendario, prorrogables. Durante este periodo, el MTC queda habilitado para ejecutar intervenciones inmediatas, ya sea de forma directa o mediante contrataciones, orientadas a restablecer la operatividad del transporte.

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