La aprobó hoy el texto sustitutorio que restablece la en el país, la que estará conformada por un Senado y una Cámara de Diputados, que la integrarán 60 y 130 parlamentarios, respectivamente. Ambos serán elegidos por un periodo de cinco años.

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“Para ser elegido se requiere ser peruano de nacimiento, haber cumplido treinta y cinco (35) años de edad al momento de la postulación, y gozar del derecho de sufragio. Asimismo, debe contar, como mínimo, con cinco (5) años de experiencia profesional en el sector público o privado, o haber ejercido un cargo de elección popular”, se detalla en la propuesta de reforma constitucional.

Asimismo, se detalla que los candidatos a la Presidencia o vicepresidencias de la República, pueden ser simultáneamente candidatos a senador o diputado.  “Los senadores o diputados pueden ser reelegidos en el mismo cargo de manera Inmediata, solo por un periodo adicional”, se acota.

Se agrega que los miembros del , de la Junta Nacional de Justicia, del Poder Judicial, del , del Jurado Nacional de Elecciones, el defensor del Pueblo, el jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ni el jefe de, así como el presidente de la República, no pueden ser elegidos parlamentarios si “no han renunciado al cargo seis meses antes de la elección”.

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También se detalla que la corresponde a la Cámara de Diputados, de acuerdo con su reglamento, acusar ante el Senado a los miembros de la Junta Nacional de Justicia, al contralor general de la República, al presidente del Banco Central de Reserva, al superintendente de Banca, Seguros y Administradoras  Privadas de Fondos de Pensiones, a los miembros del JNE, al jefe de la ONPE y el Reniec, por infracción de la Constitución y por “todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de que hayan cesado en éstas”.

PUEDES VER EL TEXTO SUSTITUTORIO CON LOS CAMBIOS DE REFORMA CONSTITUCIONAL AQUÍ:


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